Montevideo.- La declaración de inconstitucionalidad en un caso concreto de la Ley de Caducidad de las violaciones de derechos humanos cometidas por la dictadura uruguaya (1973-1985), será clave para futuros enjuiciamientos, dijo hoy la fiscal Mirtha Guianze.
Los uruguayos están llamados el próximo domingo a pronunciarse en un plebiscito sobre la Ley de Caducidad con vistas a anularla. EFE/Archivo
Esta letrada es la impulsora del proceso por el asesinato en 1974 de la joven militante comunista Nibia Sabalsagaray, que llevó este lunes a la Corte Suprema de Justicia a declarar la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad en tres de sus artículos aplicados a ese caso.
En declaraciones a la cadena de radio El Espectador, Guianze dijo este martes que, aunque la inconstitucionalidad se aplica para ese caso concreto, sin embargo "para el futuro puede tener mucha importancia".
"La Corte, en definitiva, es la que interpreta y determina si una ley es constitucional o no es constitucional y cuál es el alcance de las normas que deben tenerse en cuenta para ver si se adecúan o no", afirmó la fiscal.
Esta es la primera vez que la máxima instancia judicial del país se pronuncia contra la norma que impidió, desde su aprobación en 1986 y su refrendo en 1989 en un plebiscito, el enjuiciamiento de los militares y policías que participaron en la represión de los opositores a la dictadura.
La decisión de los jueces, que se añade a la postura contraria a la ley ya manifestada por los poderes Legislativo y Ejecutivo, marca a efectos prácticos el fin de la Ley de Caducidad, pues sienta jurisprudencia y facilitará la presentación de nuevas demandas contra la misma.
Los ministros integrantes de la Corte Suprema de Justicia ya anunciaron ayer que ahora podrán manifestar su punto de vista en otros casos relativos a la Ley de Caducidad sin necesidad del lento trámite que tuvo que andar el caso Sabalsagaray.
El caso Sabalsagaray no fue archivado en su momento debido a que hubo civiles implicados en la detención de la mujer y la Ley de Caducidad no se aplica mas que a uniformados.
Los magistrados justificaron su decisión al argumentar que la norma viola la separación de poderes y que no puede ser entendida como una ley de amnistía, porque no fue aprobada según lo regulado por la Constitución.
"Las normas atacadas excluyeron de la órbita del Poder Judicial el juzgamiento de conductas con apariencia delictiva, lo cual transgredió el principio de separación de poderes y afectó muy seriamente las garantías que el ordenamiento constitucional puso en manos de aquel", indicó el dictamen de los jueces.
En sus declaraciones a El Espectador, la fiscal Guianze insistió hoy en que la actual Suprema Corte de Justicia "está actuando con total independencia", mientras que la que en 1988 respaldó la constitucionalidad de la Ley "estuvo sometida a muchas presiones".
Los magistrados que entonces rechazaron esa constitucionalidad sufrieron "muchas presiones" al existir "determinada injerencia política (la dictadura acababa de fenecer en 1985)", dijo.
Además, explicó la fiscal, entonces "había un desacato abierto de las Fuerzas Armadas que no concurrían a declarar y bajo esa presión se estuvo manejando toda la situación".
Los uruguayos están llamados el próximo domingo a pronunciarse en un plebiscito sobre la Ley de Caducidad con vistas a anularla.
Ese mismo día se celebran en Uruguay elecciones generales, en las que la coalición de izquierdas en el poder, el Frente Amplio, que respalda la anulación de la Ley de Caducidad, parte como favorita para revalidad su victoria de 2004.
Hoy la Coordinadora Nacional por la Anulación de la Ley de Caducidad hará una marcha en el centro de Montevideo de cierre de su campaña a favor del fin de la norma.
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