Madrid.- La Audiencia Nacional ha condenado a 35 años de cárcel al ex integrante del "comando Madrid" de ETA Javier Abaunza Martínez como autor del asesinato a tiros del magistrado del Tribunal Supremo Rafael Martínez Emperador, el 10 de febrero de 1997, a pesar de no quedar acreditado si fue él quién disparó.
El presunto etarra Javier Abaunza Martínez, en la Audiencia Nacional, que le ha condenado por el asesinato el 10 de febrero de 1997 en Madrid del magistrado del Tribunal Supremo Rafael Martínez Emperador. EFE/Archivo
La sentencia de la sección segunda de lo Penal, de la que es ponente el ex portavoz del Consejo General del Poder Judicial Enrique López, condena también a Abaunza, detenido en Francia en 2002 y entregado a España en 2008, a indemnizar con 900.000 euros a los herederos de la víctima.
El tribunal considera que fue Abaunza u otro miembro del comando que le acompañaba, "puesto que no ha quedado acreditado" quien de los dos fue, el que "disparó a la cabeza del magistrado, a corta distancia, con una pistola", lo que causó su muerte casi inmediata, ya que, aunque fue conducido hasta un hospital, ingresó cadáver.
"Al margen de que fuera el acusado o el acompañante el que disparó el arma, (Abaunza) tuvo dominio en el sentido de que la ejecución del hecho dependió de su voluntad, bien que en colaboración, o más exactamente en comunión, con el otro interviniente si es el que ejecutó el acto materialmente", explica la resolución.
La Sala cree por ello que carece de relevancia que "uno sea el que dispare y el otro el que acompañe, vigile o colabore, puesto que se actúa con un dominio funcional cuasimaterial del hecho que finalmente es cometido por otro", ya que "todos los que participan y el ejecutor material tienen un codominio del hecho" criminal porque "todos están unidos en un proyecto común", que es el de ETA.
Lo que sí queda probado en la sentencia es que fue Abaunza el que, sobre las 14:35 horas, abordó a Martínez Emperador "en el momento que iba abrir la puerta de acceso al portal" de su casa en la calle de Menorca, "tras finalizar su jornada laboral de despacho en la sede del Tribunal Supremo".
Para condenar a Abaunza, la Sala se basa en las huellas dactilares suyas que fueron halladas en las pertenencias que había en un vehículo robado y utilizado por los terroristas, al que sustituyeron las placas de matrícula por unas falsas, y que fue encontrado el 18 de febrero de 1997 en la calle de Walia con explosivos en su interior.
Entre esas pertenencias se encontró un abrigo de gabardina beige, prenda que, según las pesquisas policiales, portaba una de las dos personas que participaron directamente en el atentado.
De hecho, una testigo manifestó en el juicio que vio a una persona que vestía "una gabardina de color claro, gris o beige", aproximarse a la víctima y sacar una pistola.
También son elemento de prueba las huellas dactilares de Abaunza encontradas en "los numerosos efectos abandonados por los terroristas" en los pisos francos que tenían en las calles de Picabea y de Doctor Fleming de Madrid y entre los que figuraba una nota manuscrita con números de matrículas entre las que aparecía la falsa que le habían puesto al coche robado.
Todo ello sitúa al acusado "en el lugar de los hechos cuando se produjo el vil asesinato" en el que además "participó de forma activa" y, según el tribunal, tampoco "cabe duda de su pertenencia a la banda terrorista", ni al "comando Madrid" y de que utilizó el mencionado coche y los dos pisos franco.
La Sala le condena por tanto a 30 años de cárcel como autor de un delito de asesinato terrorista, a dos años por tenencia ilícita de armas con finalidad terrorista porque "es un hecho incontrovertido la utilización del arma por parte del acusado o la persona que le acompañaba" y a otros tres por falsificación de documentos.
El arma empleada en este atentado, reivindicado el 3 de abril de 1997 en el diario Egin, fue incautada posteriormente al etarra Aitzol Gogorza, detenido en Francia el 16 de diciembre de 1999.
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