Sevilla.- La Audiencia de Sevilla ha condenado a seis meses de cárcel a un hombre que construyó una caseta en la urbanización Las Minas de Castilblanco de los Arroyos (Sevilla), lo que contribuyó a "agravar y consolidar" un delito urbanístico en el que ya han incurrido otros mil vecinos de la zona.
El propietario de varios perros de raza pit bull que, según la autopsia, mataron a dentelladas a un hombre de 79 años en Pinos Puente (Granada) se sentará mañana en el banquillo de los acusados por un delito de homicidio por imprudencia temeraria, por el que la Fiscalía le pide dos años de prisión. En la imagen, un pit bull de seis meses.
La Sección Primera de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, anula un fallo anterior del juzgado penal 2, que absolvió al vecino porque consideró que la caseta estaba destinada a guardar aperos agrícolas y no a "habitación humana".
Además, el propietario actuó impulsado por la permisividad del Ayuntamiento de Castilblanco, que "había tolerado innumerables edificaciones" parecidas, según la primera sentencia.
El acusado M.R.E. construyó en el año 2005 una caseta de unos 24 metros cuadrados y realizó un sondeo para captar aguas subterráneas, hecho éste último que lleva a los jueces de la Audiencia a dudar del destino exclusivamente agrícola de la construcción.
La Audiencia emite una dura crítica hacia la actitud del Ayuntamiento de Castilblanco, que al tolerar numerosas edificaciones similares e incluso prestar servicios colectivos y de recogida de basuras "pudo hacer concebir la falsa idea de que las obras podrían ser legalizadas".
Esta permisividad de las autoridades llevó al juez penal a absolver al procesado por el llamado "error de prohibición" al haber actuado en la creencia de hacerlo legalmente, pero la Audiencia responde que no hace falta ser un experto en Derecho para saber que toda obra necesita licencia y que es ilegal hacerlo en zona no urbanizable.
"La necesidad de licencia urbanística para efectuar obras y la ilicitud de construir en suelo no urbanizable forma parte ya del acervo de conocimientos comunes, por lo que no cabe alegar genéricamente su desconocimiento", dice el fallo.
La sentencia recoge que la urbanización está en una zona forestal no urbanizable, que pese a ello ha sido objeto de edificaciones en más de mil parcelas desde los años 70, que "han alterado la configuración original del suelo".
"Precisamente por las características del entorno y su degradación", la caseta objeto de esta sentencia es "una edificación que agrava y consolida la alteración de la calificación urbanística y de su ámbito de protección", dice el veredicto.
Además de imponer seis meses de cárcel y una multa de 2.160 euros al vecino, la Audiencia le condena a demoler a su costa la edificación y reponer el paraje a su estado anterior.
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