Madrid.- El Concierto Económico es el sistema económico y fiscal propio del País Vasco, aunque ésta no es la única comunidad que cuenta con un modelo específico, ya que Navarra tiene uno similar y Canarias se rige por un Régimen Económico y Fiscal (REF) diferente al común.
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, junto a la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la sesión de control al Gobierno. EFE/Archivo
Un sistema que ha estado rodeado de polémica al considerar las comunidades que la tributación foral les perjudicaba, sobre todo tras la aprobación en 1993 de las denominadas "vacaciones fiscales", una serie de ayudas e incentivos a las empresas que se radicaran en el País Vasco y que fueron recurridos por algunas autonomías.
Ante el debate en el Congreso del blindaje del Concierto, EFE ha querido dar respuesta a diez preguntas claves sobre este sistema:
1.- ¿Qué es el Concierto vasco?
Es un sistema de origen foral, recogido en la Constitución y el Estatuto de Guernica, que regula las relaciones financieras entre el País Vasco y el Estado y concede a las instituciones autonómicas capacidad normativa en materia tributaria.
2.- ¿Cuándo nace el sistema de Concierto Económico vasco?
El primer Concierto vasco data de 1.878 y hasta 1.937 hubo cinco. En 1981, el Parlamento aprobó el primer Concierto de esta nueva era, y el último data de 2002, aunque desde entonces ha sufrido diversas modificaciones, la última en 2007.
3.- ¿Por qué nace el Concierto vasco?
La historia del Concierto se inicia con la ley de Abolición de los Fueros en 1876 y se plasma en texto escrito por primera vez en la Ley de 28 de febrero de 1878.
El 23 de junio de 1937, Franco firmó en Burgos un decreto de guerra que consideraba a Guipúzcoa y Vizcaya "provincias traidoras al régimen" y el concierto económico quedó derogado. Álava, por el contrario, mantuvo su régimen al no apoyar a las fuerzas republicanas, aunque un real decreto de 30 de octubre de 1976 derogó el derecho franquista.
El 13 de mayo de 1981, el Parlamento aprobó el Concierto Económico entre el Estado y el País Vasco, que regulaba las relaciones tributarias entre el Estado y el territorio foral.
En el año 2002, se firma una renovación del Concierto por primera vez con carácter indefinido y que incluye una actualización automática del cupo.
4.- ¿Qué implica el sistema de Concierto?
Que las tres Diputaciones forales vascas tienen capacidad normativa para regular los impuestos y autonomía para gestionarlos y recaudarlos. Además, el Concierto establece cuándo debe aplicarse la normativa tributaria vasca y cuándo la común.
5.- ¿Quién recauda los impuestos en el País Vasco?
Son las Diputaciones las que recaudan todos los impuestos, incluidos el IRPF, el de Sociedades o el IVA, y después aportan al Estado el denominado "cupo", que se determina en una Comisión Mixta constituida por doce miembros, uno por cada Diputación foral, tres del Gobierno vasco y seis de la Administración del Estado.
La Comisión Mixta es, además, el órgano básico en el que se producen los pactos o acuerdos relacionados con el Concierto.
6.- ¿Qué es el cupo?
El cupo es la contribución que tiene pagar el País Vasco a las arcas estatales para sufragar las competencias que el Estado presta en esa comunidad al no haber sido transferidas, como los gastos de Defensa, Exteriores o la Corona, entre otras.
Se determina a través de un índice de imputación. En la última revisión este índice se estableció en el 6,24 por ciento del total de las cargas no asumidas por la comunidad y que en el año base de 2007 se cifró en 5.350 millones de euros.
Sin embargo, a esta cifra se le aplican determinados ajustes y compensaciones por tributos no concertados, otros ingresos y déficit, de lo que resulta el cupo líquido, que es la aportación vasca real a las arcas estatales.
7.- ¿A cuánto asciende el pago del cupo?
El líquido a pagar en 2007 por parte del País Vasco al Estado se fijó en 1.565 millones de euros.
8.- ¿Es aceptado el Concierto por el resto de las comunidades?
En general sí, aunque ha provocado recelos y "envidias".
La mayor polémica se desató en 1993, cuando el lehendakari José Antonio Ardanza acordó con las Diputaciones forales unas medidas de incentivos económicos que eximían del Impuesto de Sociedades durante los primeros diez años de vida a las empresas que se constituyeran en el País Vasco en el periodo 1993-1994 e hicieran una serie de inversiones.
Estas medidas se complementaron en los años siguientes con créditos y otras mejoras, lo que provocó que las comunidades vecinas de La Rioja y Castilla y León denunciaran este sistema de ayudas e, incluso, llegaran a recurrirlo en Europa.
Tras un largo camino judicial por Europa, una resolución del Tribunal de Primera Instancia de la UE confirmó el pasado mes de septiembre la ilegalidad de las "vacaciones fiscales", aunque los incentivos que preveían ya no están en vigor y las ayudas fueron devueltas.
9.- ¿Por qué se quiere blindar el Concierto?
Los numerosos recursos de las comunidades autónomas vecinas por las normas tributarias vascas ha llevado a sus instituciones a contemplar la posibilidad de que este asunto no sea tratado en los tribunales ordinarios y sólo pueda ser llevado ante el Tribunal Constitucional.
10.- ¿Qué pide la proposición de ley del Parlamento vasco sobre el blindaje?
La modificación de varios artículos de la ley orgánica del Tribunal Constitucional y la ley orgánica del Poder Judicial, así como que las normas forales reguladoras de los distintos impuestos tengan rango de ley.
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