Montevideo.- Los dos canales privados de la televisión uruguaya que se negaron a emitir un anuncio para combatir la discriminación por orientación sexual no serán sancionados después de que la comisión evaluadora del caso reconociera que no puede presentar una denuncia penal.
El anuncio, que muestra a tres parejas besándose -una de dos gais, otra de dos lesbianas y otra formada por un hombre y un transexual- sí fue emitido en el canal privado Teledoce y en las cadenas públicas Sodre y TV Ciudad. EFE/Archivo
El anuncio, que muestra a tres parejas besándose -una de dos gais, otra de dos lesbianas y otra formada por un hombre y un transexual- sí fue emitido en el canal privado Teledoce y en las cadenas públicas Sodre y TV Ciudad hasta finales de abril.
Financiado por la Embajada de Holanda en Montevideo, el reclamo formó parte de la campaña "Un beso es un beso" lanzada el pasado marzo por el colectivo Ovejas Negras, que representa a lesbianas, gais, transexuales y bisexuales en Uruguay.
Ante la negativa de las televisiones privadas Saeta (Canal 4) y Montecarlo (Canal 10) a emitir el anuncio, el colectivo acudió a la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y toda forma de discriminación de Uruguay con el objetivo de "impulsar una acción legal", dijo a Efe el integrante de Ovejas Negras Álvaro Queiruga.
"La presidenta de la Comisión aseguró públicamente que denunciaría el caso en los tribunales y, diez días después, comunicó que no lo iba hacer, pues no se podía presentar una denuncia penal (al no existir delito) y el organismo no tenía facultad para emprender una acción de amparo", relató Queiruga.
El integrante de Ovejas Negras se declaró "sorprendido" de que la Comisión "no conociera previamente sus facultades" y consideró que "el Estado está dando la mala señal de que los canales pueden hacer lo que quieran".
"Impulsamos el anuncio para promocionar las leyes que penan la discriminación por orientación e identidad sexual y ni siquiera el Estado está dispuesto a defenderlas. Es contradictorio", aseveró.
Por su parte, la presidenta de la Comisión y directora de Derechos Humanos, María Elena Martínez, dijo a Efe que "la única acción jurídica que se podía emprender en este caso, al no haber delito, era el amparo, y éste sólo puede solicitarlo el interesado, es decir, Ovejas Negras".
Martínez subrayó que "la Comisión tiene competencia consultiva, por lo que hubiese aportado un informe al juez si el colectivo hubiese solicitado el amparo", algo que Ovejas Negras no hizo "por falta de tiempo", aseguró Queiruga.
Según el miembro de Ovejas Negras, la Comisión les informó de que debían emprender el amparo "tres días" antes de que finalizase el plazo legal (que en la normativa uruguaya es de un mes a partir de que se conoce el problema) y "no era tiempo suficiente para preparar el recurso".
Sin embargo, Martínez aseguró que se informó al colectivo "varios días antes de que finalizase el plazo legal, pero ellos ya habían resuelto no presentarlo".
La directora de Derechos Humanos reconoció que la decisión de las dos cadenas de no emitir el anuncio constituyó "una flagrante violación del derecho a la libertad de expresión y una clara discriminación por orientación sexual", pero "no supuso un delito", por lo que no se podía interponer denuncia penal.
"Nuestra ley sólo considera delito las acciones que inciten al odio, al repudio o al desprecio público por orientación sexual u otras causas de discriminación, algo que no ocurre en este caso", precisó.
Martínez dijo estar "convencida" de que un juez "no hubiese llevado la razón a Ovejas Negras", pues "la mayoría son conservadores y reacios a las nuevas orientaciones sexuales", pero subrayó que si el colectivo hubiese solicitado el amparo "al menos habría habido un juicio y el asunto tendría más difusión pública".
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