Madrid.- El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) incidió hoy en la poca utilidad que va a suponer para el contribuyente la desgravación por alquiler de vivienda habitual, ya que en pocos casos se obtendrá la desgravación máxima de 9.015 euros al año.
En la imagen, dos personas rellenan los impresos en la Agencia Tributaria, en Madrid. EFE/Archivo
Así lo expresó el presidente del REAF, Jesús Sanmartín, en la presentación de un documento sobre la Declaración de la Renta 2008, quien subrayó que sólo se benefician de esa deducción máxima de 9.015 euros los contribuyentes con bases imponibles iguales o inferiores a 12.000 euros, cantidad que no parece muy compatible con un alquiler alto.
Esa desgravación va decreciendo hasta bases de 24.020 euros, por lo que no tendrán derecho a deducción los contribuyentes con base superiores a este importe.
Con independencia de las deducciones de las comunidades autónomas, en 2008 se establece una desgravación sobre la cuota estatal del 10,05 por ciento de las cantidades aportadas en ese periodo impositivo por alquiler de vivienda habitual.
Entre las novedades de la declaración de la Renta de 2008, el REAF destaca la deducción de 400 euros para rentas de trabajo o de actividades económicas, y la ampliación de los plazos para hacer efectivas las cuentas de ahorro vivienda y de venta de la vivienda habitual antigua, con exoneración de gravamen de la plusvalía cuando se compró la nueva casa.
Asimismo, recomienda que si se obtienen rendimientos de colaboraciones literarias o conferencias, el contribuyente se asegure de que el pagador las declara como el quiere, bien como rendimientos del trabajo o como rendimientos de actividades profesionales.
Además, el REAF recuerda que en caso de despido improcedente, no se tributa por la indemnización hasta 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades.
Mientras que si se trata de personal de alta dirección, la indemnización exenta será de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, el resto tributará con una reducción del 40 por ciento si la antigüedad del trabajador es superior a dos años.
Por otra parte, el REAF criticó el progresivo incremento de la obligaciones formales para los empresarios y profesionales, así como la creciente burocratización de Hacienda que dificulta el trabajo de los asesores fiscales y que va en detrimento de la calidad de las declaraciones.
Por ello, Sanmartín subrayó que ese aumento de las obligaciones va en contra de la productividad, cuando además ya existen medios electrónicos para ello.
En este sentido, los asesores mostraron su malestar por la nueva normativa contable mucho más compleja y por el modelo 340, de transmisión de libros registro de IVA, sobre el que pidieron que no se generalice la obligación de presentar este modelo.
También criticaron el plazo reducido para domiciliar el pago de declaraciones periódicas, ya que, a su juicio, es prácticamente imposible presentar de forma correcta algunas liquidaciones en los quince días siguientes, en lugar de en veinte, a la terminación del periodo de liquidación mensual o trimestral, si se paga mediante domiciliación.
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