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querella garzon

Audiencia absuelve a Garzón de injurias y censura el acoso mediático al juez

EFE
Actualizado 26-02-2009 17:24 CET

Barcelona.-  La Audiencia de Barcelona ha archivado la querella por injurias que el periodista Jesús Cacho presentó contra el magistrado Baltasar Garzón por cuestionar su ética, en una sentencia que censura la "campaña de acoso público denigratorio" a que han sometido al juez algunos medios de comunicación.

(EFE)

La portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, durante la rueda de prensa que ofreció hoy al término del Pleno del CGPJ.

En su sentencia, la sección 10 de la Audiencia de Barcelona confirma la decisión del juzgado de instrucción número 9 que el pasado mes de noviembre acordó el sobreseimiento de la querella presentada por el periodista por las críticas que Garzón vertió contra él en su libro "Un mundo sin miedo", editado en 2005.

En su obra, el juez de la Audiencia Nacional cuestiona la ética profesional del periodista y articulista, actual director del periódico digital "El Confidencial", y la del locutor Federico Jiménez Losantos, a los que acusa de dañar la democracia y actuar movidos por "resentimiento, odio e intereses espurios".

Para analizar las frases de Garzón, el tribunal considera que hay que tener en cuenta el contexto en que se escribieron y la "persistente campaña de acoso público denigratorio a que determinados periodistas", entre ellos Cacho y Jiménez Losantos, sometían "todas y cada una de las decisiones jurisdiccionales (e incluso conductas privadas)" del magistrado.

"Y decimos acoso porque su contenido excedía en mucho la sana crítica bajo la que pretende ampararse el periodista", añade el tribunal, que recuerda que Cacho atribuyó a Garzón en la radio y en artículos de prensa "múltiples conductas irregulares o carentes de ética o incluso ilícitas" dirigidas a menoscabar su honor, dignidad e imagen pública.

Todo ello, según la sentencia, en "un totum revolutum maliciosamente intencionado" sin el cual no pueden entenderse las críticas de Garzón al periodista.

"Sorprende a la sala que quien tan fácilmente se escuda siempre en su derecho a la libertad de expresión para intentar justificar sus excesos verbales y escritos se sienta ahora ofendido por unas escuetas opiniones que se limitan a cuestionar su ética profesional precisamente en base a aquellas manifestaciones", prosigue el fallo.

En ese sentido, la Audiencia de Barcelona recuerda que el ejercicio de acciones penales requiere "un mínimo de coherencia y legitimidad moral, además de la legitimidad formal" prevista en las leyes, y recuerda a Cacho que si ejerce su derecho a expresar opiniones negativas sobre otros debe aceptar que también lo hagan sobre él.

La sentencia resalta que las páginas previas a las que contienen las críticas a Cacho advierten del riesgo que supone para una democracia "ciertos juicios paralelos a los que por desgracia nos tienen acostumbrados determinados medios de comunicación" y, especialmente, los que se "explayan en ofender y menospreciar a los miembros del poder judicial, la Fiscalía y magistrados del Tribunal Supremo o la Audiencia Nacional".

El tribunal obliga a Jesús Cacho a pagar las costas judiciales al apreciar "temeridad y mala fe" en su iniciativa.

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