Murcia.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que la Comunidad Autónoma de Murcia presentó en 2005 contra un acuerdo del Consejo de Ministros que autorizó el envío de agua para abastecimiento, pero no para regadío.
Fachada del Tribunal Supremo en su entrada por la calle Marqués de la Ensenada. EFE/Archivo
La sentencia del Alto Tribunal, a la que ha tenido acceso EFE, indica que el Gobierno de España aprobó en septiembre de ese año el envío de 39 hectómetros cúbicos para el abastecimiento de la población, cuando la cantidad solicitada era el doble con el fin de poder dedicar una parte al riego de cultivos.
Para la Sala, y en contra del criterio mantenido por la Comunidad Autónoma de Murcia, el Consejo de Ministros motivó el acuerdo "y no puede sostenerse que el mismo sea arbitrario".
Añade que tres semanas más tarde, el Gobierno autorizó un nuevo envío, en este caso, para un riego de socorro.
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