Estrasburgo (Francia).- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictó hoy una sentencia en la que establece que España no violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos al imponer una fianza de 3 millones de euros al capitán del petrolero siniestrado "Prestige", Apostolos Ioannis Mangouras.
Fotografía de Apostolous Mangouras, el capitán griego del petrolero "Prestige".
Mangouras mencionó en su demanda el artículo 5.3 del citado Convenio, referente al derecho a "la puesta en libertad durante el procedimiento", que "puede ser condicionada a una garantía que asegure la comparecencia del interesado a juicio".
En concreto, se quejó de la fianza "excesivamente elevada", que fue fijada sin tener en cuenta algunas circunstancias personales, como la profesión, la renta, el patrimonio y los antecedentes penales del capitán griego.
La sentencia señala que la fianza "no fue desproporcionada", teniendo en cuenta la "gravedad del delito" y las "consecuencias catastróficas" en los ámbitos medioambiental y económico.
Tras el desastre del "Prestige" -que vertió en las costas gallegas 70.000 toneladas de fuel el 13 de noviembre de 2002-, su capitán fue detenido.
Cuatro días más tarde, el juez de instrucción nº 4 de A Coruña ordenó su detención provisional bajo fianza de 3 millones de euros.
Dicha cantidad se estipuló en función de la "gravedad de los delitos" en los que el capitán del petrolero pudo haber incurrido (delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, y desobediencia a las autoridades administrativas), así como por la nacionalidad extranjera del acusado, sin vínculos con España.
Mangouras pidió su puesta en libertad y la reducción de la fianza a 60.000 euros, solicitud que fue rechazada por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Corcubión (A Coruña).
La Audiencia Provincial de A Coruña rechazó el recurso de Mangouras, que fue puesto en libertad el mes siguiente, una vez depositado el aval bancario correspondiente del importe de la fianza.
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