Bilbao.- Un nuevo decreto sobre derechos y deberes del alumnado de los centros docentes no universitarios del País Vasco dota a los profesores y directores de autoridad para sancionar "de forma inmediata" a los alumnos que cometan actos que afecten a la convivencia.
Un nuevo decreto sobre derechos y deberes del alumnado de los centros docentes no universitarios del País Vasco dota a los profesores y directores de autoridad para sancionar "de forma inmediata" a los alumnos que cometan actos que afecten a la convivencia.
Esta es una de las principales novedades de dicho decreto ya que, hasta ahora, dicha competencia quedaba a cargo del Consejo Escolar, por lo que primero había que instruir un expediente y después esperar a que este organismo se reuniera y decidiera la sanción a aplicar, con lo que a veces la corrección "tardaba tanto en llegar que perdía su sentido".
Así lo ha expuesto hoy en Bilbao el consejero vasco de Educación, Tontxu Campos, durante una conferencia de prensa en la que ha explicado los contenidos de la nueva regulación, que, también hoy, ha sido presentada en una jornada de trabajo ante más de seiscientos personas de quinientos centros educativos.
Según ha destacado Campos, el punto de partida del decreto, que sustituye al anterior de 1994, es "ayudar a construir la convivencia" en los colegios y que los alumnos "aprendan a ejercer su derechos y a adquirir sus deberes", a la vez que se mantiene la meta de "tolerancia cero ante el maltrato entre iguales o a personal docente".
El nuevo texto detalla los comportamientos inapropiados y distingue entre conductas inadecuadas, conductas contrarias a la convivencia y conductas gravemente contrarias a la convivencia, así como las medidas correctoras a aplicar en cada caso.
Los profesores tendrán la competencia para sancionar "inmediatamente" las conductas inadecuadas, entre las que se encuentran la falta injustificada de puntualidad o asistencia, o copiar en los exámenes, y las medidas correctoras establecidas para estos casos son la "reflexión" y la realización de tareas sobre el mal comportamiento.
En los otros dos grados de mala conducta, el profesor, además de intervenir, debe enviar al alumno al despacho del director.
Se consideran conductas contrarias a la convivencia, entre otras, actos de desobediencia e indisciplina, alterar boletines de notas o grabar a otros sin consentimiento, y las sanciones pueden oscilar entre la "reflexión y el apercibimiento" hasta la suspensión de la asistencia a clase durante un máximo de tres días.
Los comportamientos tipificados como conductas que perjudican gravemente las convivencia hacen referencia a insultos discriminatorios, agresiones o acoso, y tienen acarreadas medidas correctoras que pueden llegar hasta la suspensión de la asistencia a clase o el cambio de centro.
Este decreto, para cuya elaboración se ha contado con la participación del profesorado, dirección, padres y sindicatos, se aplicará en todos los centros docentes de enseñanzas no universitarias del País Vasco, sostenidos total o parcialmente con fondos públicos.
En el acto informativo, Campos también ha difundido datos sobre el número de casos de acoso escolar o "bulling", que, según ha indicado, se ha reducido en 2008 respecto a datos de 2005.
En Primaria ha descendido de un 17,7 por ciento de alumnos que afirman que a menudo o siempre sufren maltrato a un 15,5 por ciento, y en Secundaria, de un 11,9 por ciento a un 10,6 por ciento.
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