Madrid.- El Tribunal Supremo (TS) ha archivado una querella presentada contra el presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, por un delito de revelación de secretos por el contenido del libro sobre el 11-M de la periodista Elisa Beni, esposa del magistrado.
El presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez.
Según un auto de la Sala de lo Penal del TS dado a conocer hoy, los hechos relatados en la querella presentada tras la publicación del libro "La soledad del juzgador" no son constitutivos del citado delito.
La querella fue presentada por un particular al considerar que el libro revelaba una reunión del magistrado, que presidió el tribunal que juzgó el 11-M, con la presidenta de la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo, Pilar Manjón, y una mujer cuyo testimonio permitió reabrir la investigación sobre el atentado contra el restaurante "El Descanso" de Madrid, cometido en 1985.
La Audiencia Nacional ordenó la reapertura de la causa en la que se investigaba el atentado, en el que murieron dieciocho personas, después de que una mujer, a la que se concedió la condición de testigo protegido, identificara al dirigente de Al Qaeda Mustafá Setmarian Nasar, de origen sirio y nacionalidad española, como uno de los autores materiales.
Para el querellante, la seguridad de la testigo protegido se puso en peligro por la divulgación de esta reunión en ese libro.
Estos hechos, decía la demanda, indicaban indiciariamente que Gómez Bermúdez, "al permitir que su esposa divulgue en el libro tales detalles de suma confidencialidad que, por su propia naturaleza, sólo él ha podido facilitar", pudo incurrir en el citado delito.
Por el contrario, el Tribunal Supremo considera que lo publicado en el libro "es insuficiente a todas luces" para acordar la investigación de este asunto ya que, explica, a la reunión acudieron más personas que el magistrado y el dato revelado carece de la trascendencia necesaria pues "sólo se manifiesta el sexo de la persona que facilitó el dato a investigar y los perjudicados por el atentado llegaron casi al centenar".
Además, el alto tribunal subraya que esta persona "no era desconocida, ya que distintos medios periodísticos se habían hecho eco con anterioridad de todo lujo de detalles, señalando incluso a la testigo protegido por su nombre y apellidos como la persona que identificó al posible autor" del atentado de 1985.
El TS rechaza también que se haya infringido la Ley de Protección a Testigos pues en el libro -dice- "se preserva en todo caso el nombre, apellidos, domicilio, lugar de trabajo y profesión" de esta persona.
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Soitu.es se despide 22 meses después de iniciar su andadura en la Red. Con tristeza pero con mucha gratitud a todos vosotros.
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