Murcia.- El abogado José Pardo Geijo ha recusado al juez Salvador Calero, que ordenó el ingreso en prisión del alcalde de Torre Pacheco, Daniel García Madrid, en el marco de las diligencias que instruye por presunta corrupción urbística en ese municipio, informó el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
El abogado José Pardo Geijo ha recusado al juez Salvador Calero, que ordenó el ingreso en prisión del alcalde de Torre Pacheco, Daniel García Madrid (en la imagen), en el marco de las diligencias que instruye por presunta corrupción urbística en ese municipio, informó el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
Pardo Geijo, letrado del primer edil, manifestó recientemente que las actuaciones del juez Calero deberían declararse nulas y puso en duda que en el escaso tiempo en el que éste se hizo cargo del caso por baja maternal de la juez Arancha Morerno, que inició la instrucción, hubiera tenido tiempo para estudiar los miles de folios de que consta este asunto.
Según el gabinete de prensa del TSJ, las partes tienen un plazo de tres días para manifestar "si se adhieren o se oponen a la causa de recusación propuesta" y finalizado ese plazo el juez recusado habrá de pronunciarse sobre si admite o no la causa.
Si el juez acepta como cierta la causa de recusación, termina ahí el incidente y en el caso de que no la acepte, será un magistrado de la Audiencia Provincial el que instruya la recusación, y será la Sección de la Audiencia Provincial la que decida el incidente.
Mientras se tramita el incidente, el juez de instrucción que legalmente sustituya al recusado continuará con la tramitación de la causa, con lo que en este caso será la juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción número 2 de San Javier la que se encargue de las actuaciones, agregó la fuente.
Una vez que haya decisión, si se desestima, se devolverá al juez recusado el conocimiento de la causa y se condenará en costas al abogado, "salvo que concurrieren circunstancias excepcionales que justifiquen otro pronunciamiento".
La ley también prevé que "cuando la resolución que decida el incidente declare expresamente la existencia de mala fe en el recusante, se podrá imponer a éste una multa de 180 a 6.000 euros".
En caso contrario, si se estima la recusación, se apartará definitivamente al juez Calero de la causa.
En la toma de declaración al alcalde de Torre Pacheco, Daniel García Madrid, celebrada el pasado 3 de abril, el abogado Pardo Geijo cuestionó la competencia de Calero, y días mas tarde en el escrito de recurso en el que pedía la libertad del alcalde criticaba además su actuación, lo que hizo que éste presentase una queja ante el Colegio de Abogados.
Calero García, titular del Juzgado número 3 de San Javier, sustituye accidentalmente a la jueza del número 4 Aránzazu Moreno, que comenzó las diligencias de esta causa, y que está de baja por maternidad.
El caso de Torre Pacheco, que se investiga junto al del municipio de Fuente Álamo, comenzó a raíz de una denuncia de la Fiscalía, y el proceso se inició el 19 de junio pasado cuando una delegación judicial acudió al ayuntamiento pachequero para recoger documentación sobre procesos urbanísticos realizados entre 2004 y 2006, y el 3 de julio otra delegación judicial se desplazó al consistorio fuentealamero.
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