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El Consell aprueba el decreto de Derechos y Deberes con una memoria económica de 2 millones de euros

EFE
Actualizado 04-04-2008 17:46 CET

Valencia.-  El Gobierno valenciano ha aprobado hoy el decreto de Derechos y Deberes de padres, profesores y alumnos, al que ha incorporado una memoria económica de 2 millones de euros para su aplicación en los centros docentes no universitarios de la Comunitat durante el periodo comprendido entre 2008 y 2011.

(EFE)

El vicepresidente primero y portavoz del Consell, Vicente Rambla (d), junto al conseller de Sanidad, Manuel Cervera, durante la rueda de prensa en la que han informado de los acuerdos tomados por el Gobierno de la Generalitat en su sesión plenaria semanal.

Este decreto, que por primera vez introduce el derecho del profesor a tener la consideración de autoridad pública, será de aplicación en los colegios e institutos públicos y en los privados concertados, pero no en los privados no concertados, que podrán establecer sus propias normas de convivencia.

Así lo ha anunciado hoy al término del pleno del Consell su vicepresidente primero, Vicente Rambla, quien ha subrayado que "la evolución de nuestra sociedad exige" este nuevo decreto para "marcar una serie de garantías y derechos" que permitan lograr "una educación adecuada".

La finalidad de esta norma, que también regula los derechos y deberes del personal de la Administración y Servicios en el ámbito escolar, es conseguir una buena convivencia en los colegios para favorecer el desarrollo integral del alumnado y facilitar el trabajo docente.

Para ello, establece las normas de convivencia, introduce procedimientos para la resolución de los conflictos que alteren la convivencia escolar y crea nuevos órganos para mejorar la convivencia en los centros, como las unidades específicas, las aulas de convivencia o la Comisión de Convivencia del Consejo Escolar.

Cada colegio deberá aprobar un Plan de Convivencia y reglamento de régimen interior, en el que definirá los derechos y los deberes de los miembros de la comunidad escolar.

Entre los deberes del alumno figuran el de estudio y asistencia a clase, el de respeto a los demás y a las normas de convivencia.

Se regularán procedimientos extraordinarios para los alumnos que superen un número máximo de faltas de asistencia a clase, donde tampoco podrán utilizar teléfonos móviles, aparatos de sonido y otros electrónicos ajenos al proceso de enseñanza.

Los colegios podrán sancionar aquellas las acciones de los alumnos incluso fuera del recinto escolar, donde tampoco podrán fumar o llevar y consumir bebidas alcohólicas, estupefacientes y psicótropos.

Las medidas correctoras que podrán aplicarse en caso de incumplimiento de normas de convivencia sin expediente disciplinario abarcan desde amonestación verbal y por escrito o la comparecencia ante el jefe de estudios o el director, hasta la privación del recreo por un máximo de 5 días y la realización de tareas en horario no lectivo durante ese mismo tiempo.

También se podrá confiscar a los menores sus teléfonos móviles y otros aparatos, se les podrá obligar a incorporarse al aula de convivencia y suspender su derecho a participar en actividades complementarias y a asistir a determinadas clases.

Estas medidas correctoras las aplicarán los profesores de aula o el jefe de estudios y se comunicarán a los padres, y en caso de que éstos no colaboren o sus hijos reiteran sus conductas perturbadoras, el centro pondrá los hechos en conocimiento de las instituciones públicas competentes.

Los alumnos que causen daños a las instalaciones quedarán obligados a reparar el daño causado.

Asimismo, se tipifican hasta dieciséis tipos de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del centro por parte del alumno, que obligan a aplicar medidas disciplinarias.

Entre ellas, figuran la suspensión del derecho de asistencia al centro hasta un máximo de treinta días lectivos e incluso el cambio de centro educativo.

De los 20 deberes reconocidos a los padres, se encuentran el de estar involucrado en la educación de sus hijos, el de escolarización y el de colaborar con el centro educativo.

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