Madrid.- Varias decenas de recursos contencioso-administrativos contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía y en defensa de la objeción de conciencia esperan sentencia en los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) de Andalucía, Asturias, Aragón, Cataluña, País Vasco y Navarra.
Un Juzgado de Teruel ha rechazado los recursos presentados por dos familias de Alcorisa (Teruel) en los que reclamaban su derecho a acogerse a la objeción de conciencia para que sus hijos no asistieran a la clase de Educación para la Ciudadanía en el instituto Damián Forment de esta localidad.
Esos recursos han sido presentados individualmente o de forma colectiva por varios padres, en algunos casos centenares, según ha explicado hoy a EFE el asesor jurídico de la asociación Profesionales por la Ética, José Luis Bazán.
Al menos una veintena de los pendientes de sentencia se han presentado en Asturias, y también han optado por esta vía padres de Sevilla, Málaga, Córdoba, Zaragoza o Teruel, mientras que ya han sido resueltos otros en el propio Principado y en Andalucía.
Según Bazán, son centenares los padres que han registrado recursos administrativos en varias comunidades, ya que consideran que los contenidos de la asignatura suponen una "intromisión inadmisible" en el derecho a educar a los hijos según las convicciones propias.
Cuando la administración educativa correspondiente rechaza el "derecho de objeción", impide que tramite o no contesta, entonces las familias comienzan a optar por el recurso judicial, ha explicado Bazán.
Profesionales por la Ética asegura que tiene constancia de que se han presentado al menos 27.000 objeciones de conciencia en toda España y que seguirán creciendo después de conocerse que el TSJ de Andalucía ha reconocido la objeción de unos padres porque considera que es una asignatura "ideológica".
"Los padres ven que no es temerario, sino razonable jurídicamente" presentar los recursos, según Bazán.
Ha distinguido entre la sentencia del TSJ de Andalucía y otra del TSJ de Asturias, ya que ésta segunda "no entra en el fondo de la cuestión", es decir en los contenidos normativos, ha explicado, sino que entiende que la objeción de conciencia sería aplicable, en su caso, en la enseñanza práctica de la asignatura, en las clases.
Bazán ha defendido la sentencia del TSJ de Andalucía porque es una aplicación "estricta" del Derecho tomada por "unanimidad" de tres jueces.
Quienes han criticado que uno de ellos sea hijo del un defensor de la objeción de conciencia deberían haberlo recusado antes de que se dictase sentencia, ha replicado Bazán.
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