Barcelona.- El fiscal ha pedido hoy la absolución del librero neonazi Pedro Varela por el delito de negación del Holocausto, al que fue condenado en primera instancia a dos años de cárcel, al acatar una reciente sentencia del Tribunal Constitucional que afirma que la negación del genocidio nazi no es delito.
El propietario de la Librería Europa y ex presidente del grupo neonazi Círculo Español de Amigos de Europa (CEDADE), Pedro Varela.
En la Audiencia de Barcelona se ha visto hoy el recurso presentado por el abogado de Varela, que ha pedido su absolución tanto por el delito de negación del genocidio (607.2 del Código Penal) como por el de incitación al odio o discriminación racial (510), por el que fue condenado a tres años.
Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) ha determinado que es inconstitucional la inclusión de la negación del Holocausto como delito al estimar que vulnera el derecho a la libertad de expresión, por lo que únicamente mantiene como delito la justificación del genocidio.
El fiscal ha mostrado su discrepancia con esta sentencia del TC y ha advertido que supone un "riesgo para la seguridad pública", ya que cree que puede tener consecuencias como que crezca la percepción ciudadana de que no existió genocidio y que se falte al respeto a la dignidad de las víctimas.
En cualquier caso ha acatado la sentencia del TC y ha dicho que para la Fiscalía ha "decaído" la acusación contra Varela respecto al delito comprendido en el artículo 607.2 del Código Penal.
En cambio el fiscal ha mantenido la acusación por el delito del artículo 510 y ha pedido que se confirme la condena de 3 años de cárcel por este extremo.
Por su parte, las dos acusaciones particulares, en nombre de SOS-Racisme y la Federación de Comunidades Judías de España, han pedido que se mantenga la condena íntegra de cinco años de cárcel para Varela, tanto por el artículo 607.2 como por el 510.
Los abogados de ambas entidades han lamentado la sentencia del TC y han coincidido en que el Estado "tiene que actuar con mucha firmeza" contra Varela para evitar que se propague la incitación al odio racial y la apología del nacionalsocialismo.
A su juicio, el hecho de que en la sentencia inicial se hablara de negación y que ahora el TC haya declarado inconstitucional considerar este punto como delito, no supone que se le tenga que absolver, ya que la propia sentencia ya recoge en su explicación de los hechos que Varela incitaba a la discriminación y al odio a los judíos, lo que entienden que el TC sí que avala como delito bajo la fórmula de "justificar" el Holocausto.
Las acusaciones de SOS-Racisme y de la Federación de Comunidades Judías también han coincidido en afirmar que Varela no era un "simple librero", como lo ha definido su defensa, sino que mantiene una "actividad política clara" con el objetivo de "incitar al racismo y volver a instaurar un régimen" como el nazi.
Por su parte, la defensa de Varela ha afirmado que su cliente se limitaba únicamente a vender libros especializados en una época histórica, que no tenía por qué compartir su contenido y que si se tiene que juzgar a alguien es a los autores de los libros y no al librero que los vende.
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