Zaragoza.- El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Ley por el que se modifica parcialmente la Ley del Turismo de Aragón, un texto que elimina la exigencia de una autorización administrativa previa en la mayoría de las actividades y endurece las sanciones y multas en beneficio de la calidad.
Vista de la Basílica del Pilar y la pasarela del Voluntariado sobre el río Ebro. EFE/Archivo
El objetivo de esta modificación, que será remitido ahora a las Cortes de Aragón para su tramitación parlamentaria, es adaptar la Ley a la directiva europea, e introduce cambios y mejoras en aspectos como la autorización y comunicación previa, la simplificación administrativa, la protección de los derechos de los turistas, el fomento de la calidad o las sanciones.
Así lo han explicado en la conferencia de prensa posterior al Consejo de Gobierno en Zaragoza el vicepresidente aragonés, José Ángel Biel, y el consejero de Industria, Comercio y Turismo, Arturo Aliaga.
La modificación establece que el régimen de autorización administrativa previo al desarrollo de la actividad turística se convierte en excepción y la comunicación previa al inicio de la actividad en norma, por lo que sólo deberán contar con autorización previa los complejos turísticos, la prestación de servicios de turismo activo, el ejercicio de la profesión de guía de turismo y la apertura de alojamientos turísticos al aire libre ubicados en terrenos que se encuentren en situación de suelo rural.
Las razones de esta excepcionalidad se basan en el interés general, referente a seguridad pública, protección civil, salud pública, protección del medio ambiente y conservación del patrimonio cultural, entre otras.
Asimismo, se establece una única autorización administrativa previa en el caso de las empresas de turismo activo, que se atribuye al Departamento del Gobierno de Aragón responsable de Turismo, garantizando la evacuación de un informe preceptivo por parte de las comarcas afectadas.
La actividad de estas empresas, que trabajan a la vez en varias comarcas, hace complicado mantener el actual régimen de autorización comarcal sin dificultar la gestión administrativa o la protección de los derechos de los turistas y sin incrementar las cargas administrativas que soportan estas empresas.
Por otra parte, se elimina la comunicación obligatoria de precios, esfuerzo innecesario que soportan las empresas y dificulta el trabajo de los servicios administrativos, sin que redunde en una mayor protección de los derechos de los turistas.
En cuanto a la creación de una ventanilla única, de acuerdo con lo exigido por la directiva europea, se establece que el Departamento responsable de Turismo dispondrá los medios necesarios para trasladar a soporte electrónico todos los procedimientos y trámites susceptibles de formalización ante el Registro de Turismo de Aragón, así como para su consiguiente integración en la ventanilla única del Gobierno de Aragón.
Se introduce un nuevo deber por parte de las empresas relativo a dar respuesta a las eventuales reclamaciones en el plazo más breve posible y en cualquier caso antes de un mes desde la fecha en que hayan sido formuladas, para asegurar así que los destinatarios de los servicios puedan dirigir a los prestadores de los mismos directamente las reclamaciones o las peticiones de información sobre el servicio prestado.
En la reforma de la Ley se exige a las empresas titulares de centros de esquí y montaña y de parques temáticos suscribir y mantener vigentes seguros de responsabilidad civil y de asistencia o accidentes.
A través de un artículo específico, se incorporan nuevos instrumentos de fomento de la calidad, como son la creación de marcas o distintivos de calidad turística; la promoción de las actividades de evaluación o certificación de la calidad realizadas por parte de entidades especializadas, y el impulso a la elaboración de cartas de calidad o a la participación en aquellas ya elaboradas.
Se endurecen asimismo las infracciones y multas "para asegurar una adecuada política de calidad" y se incorpora la posibilidad de que el presunto infractor pueda normalizar las irregularidades administrativas en que hubiere incurrido (subsanación) y reparar los perjuicios causados a los turistas (conciliación).
Este extremo redundará en beneficio de los turistas, que obtendrán, en su caso, una reparación cuantificable de las reclamaciones por ellos interpuestas, cosa que hasta la fecha sólo podía conseguirse por vía judicial y, en ocasiones, mediante procedimientos de arbitraje de consumo.
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