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propiedad intelectual

Poner música o televisión en una empresa puede costar hasta 20.000 euros anuales

EFE
Actualizado 13-09-2009 12:55 CET

Palma.-  Cualquier empresa que realice una actividad comercial en la que esté implícita la reproducción de música o que mantenga encendida ante el público una televisión está obligada por ley a pagar cánones de propiedad intelectual que pueden oscilar entre 77 y 20.000 euros anuales según el tipo de negocio.

(EFE)

En la imagen de archivo, el presidente del Consejo de Dirección de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Eduardo Bautista.

Un comercio de unos 50 metros cuadrados que sólo reproduzca música debe pagar 77,4 euros al año, mientras que la factura en una instalación deportiva que además disponga de televisores puede alcanzar los 20.000 euros, según ha confirmado a Efe el responsable de una empresa mallorquina de estas características.

Una representante de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ha explicado a Efe que cualquier negocio que reproduzca música que pueda contribuir a incrementar la actividad comercial, está obligado a pagar a esta entidad una cantidad en concepto de derechos de autor que varía en función del tipo de negocio.

Aunque una discoteca es un claro ejemplo de negocio que se beneficia al reproducir música, también está obligado a depositar este canon cualquier tipo de comercio, peluquerías, ópticas, cafeterías o gimnasios. La obligatoriedad de este tipo de tributos genera opiniones dispares.

El presidente de PIMECO, Bernat Coll, se opone a que los comercios tengan que pagar porque opina que en una discoteca "se utiliza la música como actividad principal", mientras que en un establecimiento comercial el uso es "sólo de acompañamiento".

Afirma incluso que "se les debería pagar a los comercios por la publicidad que hacen de la música".

Según los datos ofrecidos por Coll a Efe, en un comercio de 50 metros cuadrados la cantidad a pagar es de 6,45 euros mensuales mientras que para 1.000 metros cuadrados es de 57 euros.

Coll asegura que si bien estas cantidades "no son excesivas", el comercio de Baleares "no está para más gastos en el momento actual de crisis económica, ya sea caro o barato".

El presidente de PIMEM de Mallorca, Juan Cabrera, califica esta tasa de "impuesto revolucionario" ya que "cada persona ya paga por los impuestos de la música que utiliza" al adquirirla.

Según Cabrera, este impuesto es "una barbaridad", una tasa que "no tiene sentido" y afirma que "no hay amparo para los clientes" y por esa razón se está elaborando "un estudio de valoración para presentar una demanda conjunta".

El presidente de la federación de pequeñas y medianas empresas reclama al Gobierno que realice "un seguimiento para determinar a dónde va destinado el dinero" que se recauda.

Cabrera incide en que cuando se atraviesa una crisis "no es momento de cobrar impuestos" y reflexiona: "Ellos (SGAE) no hacen seguimiento de lo que pones por lo tanto ¿cómo se saben a quién distribuirlo?".

Desde el ámbito de las discotecas, el tipo de negocio que paga más impuestos de propiedad intelectual a la SGAE, el presidente de la Federación Nacional de Salas de Fiesta, Baile y Discotecas de España, Pedro Vidal, asegura que estas tasas "no son injustas ya que los autores tienen derecho a ser retribuidos".

Según explica Vidal a Efe, "todos los gastos son negativos para los empresarios" pero opina que las discotecas y similares hacen uso de la música como actividad principal y, de acuerdo con la ley, se deben pagar estas tasas.

Vidal matiza que lo único que persigue su asociación, desde que empezaron a firmar convenios con la SGAE en 1965, es que las tasas "sean lo más razonable posible dependiendo del local donde se cobren". Detalla que, por ejemplo, se aplican descuentos a los locales que abren más días al año.

La SGAE gestiona aproximadamente más de dos tercios de todos los derechos intelectuales que se cobran en el territorio nacional, pero hay otras entidades que también cobran derechos de autor.

En España existen ocho entidades de gestión colectiva de derechos intelectuales -desde el Centro Español de Derechos Repográficos, CEDRO a Artistas Intérpretes o Ejecutantes, AIE-, cuya creación depende del Gobierno y que están autorizadas legalmente a cobrar a todas las empresas que consideran que en su actividad comercial utilizan los derechos de autor de sus afiliados.

Un representante de la Asociación de Empresarios de Instalaciones Deportivas de Mallorca (AEIEM), ha asegurado a Efe que actualmente sus centros pagan derechos hasta a cinco entidades a la vez, un gravamen que ha propiciado que, en el actual marco de crisis económica, algunas de las instalaciones hayan decidido "prescindir de televisión para reducir gastos y evitar así pagar a la agencia".

Un promotor audiovisual de conciertos en la isla ha asegurado a Efe que por cada concierto que realiza "está obligado" a abonar a la SGAE un 10 por ciento del taquillaje neto, independientemente de que se obtengan beneficios o perdidas con la actuación.

De ese porcentaje que cobra la SGAE, el 30 por ciento va destinado a sufragar sus gastos y el 70 por ciento se reparte entre sus afiliados, según afirma este promotor que ha preferido no desvelar su identidad.

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