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caso urbanor

"Albertos" recurrirán la sentencia que les obliga a indemnizar los socios de Urbanor

EFE
Actualizado 03-09-2009 20:56 CET

Madrid.-  Los abogados de Alberto Alcocer y Alberto Cortina presentarán "de inmediato" un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid para que revoque la sentencia de un juzgado de primera instancia de la ciudad que obliga a indemnizar a los socios de Urbanor, informaron fuentes cercanas a la defensa.

El juzgado de Primera Instancia número 3 de Madrid ha condenado a los dos empresarios a pagar una indemnización de más de 10,8 millones de euros a 51 miembros y herederos de la familia del constructor Julio San Martín.

La citada resolución es consecuencia de una demanda por vía civil interpuesta por la citada familia contra "los Albertos" por un delito de estafa y falsedad en documento mercantil en la venta de esta sociedad.

Según fuentes de la defensa de "los Albertos", el recurso demostrará que esta sentencia por reclamación indemnizatoria, "además de introducir cambios en la propia demanda presentada por los San Martín, se basa en una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que fue declarada nula de pleno derecho primero por el Tribunal Constitucional y luego por dos sentencias del Supremo".

Añadieron que el recurso también indicará que no se han tenido en cuenta las declaraciones "totalmente exculpatorias" de los empresarios hechas por el ex administrador de KIO Richard Robinson.

Las mismas fuentes recordaron que Robinson aseguró que "KIO negoció, pagó e informó a cada uno de los socios de Urbanor, al igual que a los Albertos, por lo que no pudo haber estafa por parte de estos" en la venta del conjunto de Urbanor, propietaria de los terrenos donde se construyeron las Torres KIO.

"Estas declaraciones se efectuaron ante la comisión rogatoria" que recogió el relato de Robinson, sin más preguntas por parte de los representantes de la familia San Martin, debido "a que Robinson no pudo declarar en el juicio inicial contra los Albertos, y después de que sus manifestaciones habían sido malinterpretadas en el sumario", según destacan fuentes de la defensa.

Las mismas fuentes critican que en estas malinterpretaciones "se basa ahora el juez" del juzgado de instrucción.

La nueva sentencia se conoce después de que tanto Alcocer como Cortina fueran condenados por el Tribunal Supremo a dos años de cárcel y a pagar a los afectados 25 millones de euros.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional anuló dicha condena al entender que el delito había prescrito, lo que llevó al Supremo a absolver a "los Albertos" y permitirles reclamar la devolución de la compensación pagada a Pedro Sentieri y Julio Sanmartín (25 millones de euros).

Así, con su auto del 22 de diciembre la Audiencia Provincial de Madrid cerró la puerta a la pretensión de los socios minoritarios de quedarse con dicha compensación "al haber sido declarada nula la sentencia que les habilitó para recibirla" y les obligaba a reintegrarla.

En la nueva sentencia emitida ahora se explica que, aunque por la vía penal los empresarios ya fueron absueltos por haber prescrito el delito, sí existe la citada falta, y por ello "queda abierta la posibilidad de que ante la Jurisdicción Civil pueda ejercitarse exclusivamente la acción civil y probarse que ella (la persona) fue autora de los hechos que indudablemente existieron en la vida real".

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