San Sebastián.- Un hombre que solía despertar a su mujer por las noches con tirones de pelo y echándole agua encima, al tiempo que le instaba a hacer testamento, ha sido condenado por un juzgado de San Sebastián a un año y nueve meses de cárcel como responsable de un delito de maltrato psíquico y físico habitual.
Fachada de los juzgados de San Sebastián. EFE/Archivo
Según la sentencia del caso, a la que hoy ha tenido acceso Efe, el padecimiento de esta mujer se ha prolongado durante "años", en los que su marido la ha violentado "física y psicológicamente" mediante "vejaciones, amenazas e insultos de todo tipo", además de propinarle "golpes, empujones y agarrones", sin que la afectada llegara a acudir nunca a ningún centro sanitario para ser curada.
Las agresiones tenían "siempre" lugar en el domicilio familiar y en presencia de la hija, menor de edad, del matrimonio.
Entre las humillaciones a las que el acusado sometía a su esposa, el texto judicial, destaca que "en diversas ocasiones" el hombre despertaba a su víctima "tirándole del pelo y echándole agua", al tiempo que le instaba a que, "por su bien", hiciera testamento.
En otras oportunidades la despertaba enfocándole en la cara con una linterna, al tiempo que la llamaba "perra" e "hija de puta".
El documento relata asimismo un episodio durante el que el procesado cortó la luz del domicilio familiar mientras su mujer veía la televisión, tras lo que le aseguró que, "como ella no pagaba nada no tenía derecho a ver la tele".
Además, en otra ocasión el acusado le quitó la tarjeta de crédito y cuando la víctima intentó recuperarla la maltrató. Un mes más tarde le quitó la llave de casa para impedirle ir a la playa con su hija y unos amigos, tras lo que le obligó a ir con él.
El último caso de malos tratos se produjo sobre las 21:00 horas del 21 de enero de 2008, en el domicilio familiar, donde se produjo una discusión a raíz de la cual la mujer cogió a la hija de ambos y se refugió en casa de una vecina.
Durante el juicio por estos hechos, el acusado se mostró conforme con la pena que solicitaba el fiscal, por lo que ahora ha sido condenado a un año y nueve meses de cárcel y a 16 días de localización permanente por un delito de maltrato psíquico y físico habitual, una falta de maltrato de obra, dos de coacciones, una de injurias y otra de lesiones.
El inculpado no deberá indemnizar a su víctima porque la mujer ha renunciado expresamente a cualquier compensación que pudiera haberle correspondido. Sin embargo, el hombre no podrá acercarse ni comunicarse con la agredida durante dos años y nueve meses.
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