Madrid.- El Gobierno promoverá un recurso de inconstitucionalidad contra el texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales sobre declaración y ordenación de áreas urbanas en su litoral, por entender que vulnera la Ley de Costas.
El Gobierno promoverá un recurso de inconstitucionalidad contra el texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales sobre declaración y ordenación de áreas urbanas en su litoral, por entender que vulnera la Ley de Costas. EFE/Archivo
En concreto, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy, de acuerdo con el Consejo de Estado, solicitar al presidente del Gobierno que promueva un recurso de inconstitucionalidad contra los artículos 1, 2 y 3 de la citada ley.
Canarias se convierte así en la segunda Comunidad Autónoma sobre la que se propone interponer un recurso por vulnerar la Ley de Costas.
Según la información facilitada por el Ejecutivo, la ley canaria argumenta que la regulación contenida en la legislación estatal de costas pretende sustituir en territorio insular el régimen transitorio de la Ley de Costas por otra normativa, careciendo de competencias para ello.
Asimismo, la norma impugnada pretende modificar la Ley de Costas vigente para configurar un nuevo supuesto en los casos en que la Ley y el reglamento de Costas previeron una reducción a veinte metros de la servidumbre de protección.
De este modo, la normativa impugnada "olvida" las distinciones que la Ley de Costas y su reglamento realizan según existiese clasificación urbanística o no.
Por otro lado, la Ley canaria atribuye a la Administración autonómica el establecimiento unilateral y de forma autónoma del límite interior de la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo terrestre, cuando ésta debe fijarse de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Costas y su reglamento, y su deslinde corresponde a la Administración del Estado.
El Gobierno destaca en su recurso que la competencia para otorgar o no autorizaciones y concesiones de ocupación del dominio público marítimo-terrestre es de la Administración General del Estado.
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