Madrid.- El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debatirá el próximo 23 de julio el informe aprobado por la Comisión de Estudios de este órgano, que estima oportuno reconocer el derecho de los padres a ser informados de que sus hijas menores de edad van a abortar.
Imagen de la fachada del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). EFE/Archivo
Según fuentes del órgano de gobierno de los jueces, para la aprobación definitiva de este informe el voto del vocal nombrado a propuesta de CiU, Ramón Camp, es decisivo, ya que previsiblemente lo respaldarán los 9 vocales elegidos por el PSOE y Margarita Uría (del PNV y ponente del dictamen) y votarán en contra los 9 designados por el PP y el presidente del CGPJ, Carlos Dívar.
El texto sobre el anteproyecto de Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que permitiría a las mayores de 16 años abortar sin consentimiento paterno, fue aprobado el pasado miércoles en la Comisión de Estudios por tres votos a dos.
Este informe reemplaza al que elaboró el anterior ponente, el vocal del sector conservador Claro José Fernández, que estimaba inconstitucional algunos aspectos de dicha norma y que fue rechazado en la anterior reunión de la Comisión de Estudios.
Los dos vocales conservadores que han votado contra el informe aprobado por la Comisión de Estudios, Claro José Fernández y Concepción Espejel, han emitido un voto particular que incluye el informe inicial, que, según las mismas fuentes, también será debatido en la sesión plenaria y que también podría ser remitido al Congreso.
El informe que estudiará el pleno considera que cualquier mujer puede decidir por sí misma sobre el aborto en el caso de que "tenga la suficiente capacidad intelectual y emocional para comprender el alcance de la intervención y las consecuencias que se derivan de la misma, con independencia de que sea mayor o menor de 16 años".
Pese a que aconseja que los padres sean informados de la intervención, el Consejo aclara que pueden darse "circunstancias excepcionales" que fundamenten la "no información en beneficio de la menor".
Cuando el representante legal se oponga a consentir el aborto, el CGPJ recomienda diseñar un "procedimiento judicial" para autorizar la interrupción del embarazo "siempre que así lo aconsejase el interés de la menor".
En cualquier caso, declara la "inoperatividad" de este consentimiento para garantizar que en los supuestos de inmadurez de la menor de edad "ningún tercero puede sustituir a la mujer en la decisión libre e informada de interrumpir voluntariamente el embarazo (IVE)".
El texto declara constitucional la aprobación de un sistema de plazos en el ordenamiento jurídico español, aunque afirma que la prevalencia de los derechos de la mujer sobre el feto está estrechamente vinculada a su viabilidad y disminuye progresivamente a medida que se desarrolla la gestación.
Además, recomienda la regulación de la objeción de conciencia así como la creación de un registro de objetores de conciencia de profesionales sanitarios.
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