Valencia.- El pleno del Consell ha aprobado hoy dos decretos reguladores de los bloques y las viviendas turísticas, con el que se pretende actuar contra "el intrusismo y la clandestinidad" y profesionalizar este sector, dando mayor seguridad y protección a los propietarios y usuarios.
La consellera de Turismo, Angélica Such. EFE/Archivo
Así lo ha explicado en la rueda de posterior al pleno del Consell la consellera de Turismo, Angélica Such, quien ha indicado que con esta iniciativa se busca dar respuesta a la evolución de un sector que ha crecido mucho en los últimos años y atender a su realidad social, que hacía necesaria una separación normativa por sus características.
Además, ha señalado que los cambios en la comercialización que se producen por las nuevas tecnologías, fundamentalmente en internet, aconsejaban también esta regulación, en la que se va a dar un periodo de tres años para el proceso de adaptación, ya que se ha tenido en cuenta "la situación tan complicada que atravesamos".
Such ha explicado que hasta ahora no existía una definición específica de la vivienda turística, lo que hacía que, al amparo de otras normativas estatales, se produjeran situaciones de "intrusismo y de clandestinidad".
Los dos nuevos decretos regulan de forma independiente estos alojamientos en función de que formen o no parte de un edificio o complejo con instalaciones o servicios comunes (recepción, servicios sanitarios generales, jardines, servicio de limpieza), gestionado por una misma unidad de explotación.
Los primeros alojamientos se regirán por el Reglamento regulador de los bloques y conjuntos de viviendas turísticas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, mientras que los segundos lo harán por el Reglamento regulador de las viviendas turísticas denominadas apartamentos, villas, chalés, bungalós y similares.
La consellera ha alertado de que cuando se comercialicen estas viviendas sin cumplir estos decretos se iniciarán expedientes sancionadores, como marca la ley de Turismo.
Por lo que respecta a los bloques, como novedad se introduce la posibilidad de utilizar la denominación de aparthotel, cuando dispongan de recepción 24 horas y servicios de bar-cafetería y pueda solicitarse el servicio de limpieza diariamente.
En ambos casos, los establecimientos se clasificarán en tres categorías -superior, primera y estándar-, en función del cumplimiento de requisitos referidos a dotaciones comunes, conexiones tecnológicas, ascensores o refrigeración, y deberá mostrarse con unos distintivos.
El decreto regula también la publicidad y régimen de contratación de este tipo de alojamientos, e introduce medidas para asegurar que la publicidad de estos alojamientos se ajusta a los principios de buena fe, veracidad y objetividad, con especial énfasis en el caso de Internet.
El decreto regula también la obligación de comunicar la dedicación al uso turístico de las viviendas turísticas en el Registro de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas de la Comunitat, salvo para las personas que ofrezcan directamente una sola vivienda turística, en cuyo caso será potestativa.
Por último, contempla también las obligaciones de los clientes de este tipo de alojamientos, y en particular, el deber de respetar las instalaciones y servicios de la vivienda.
Por ello, los propietarios o empresas gestoras podrán exigir el depósito de una cantidad que, en principio, no excederá de 250 euros.
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