Madrid.- La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha adoptado medidas cautelares para obligar a Endesa, Iberdrola, HC Energía, Unión Fenosa y E.On a restablecer el acceso telemático a los datos de sus clientes a sus potenciales competidoras para facilitar el cambio de suministrador de los consumidores.
El presidente de la Comisión Nacional de Competencia (CNC), Luis Berenguer. EFE/Archivo
Estas medidas se enmarcan en el expediente sancionador abierto el pasado 24 de junio por la CNC contra las cinco compañías por posibles prácticas anticompetitivas que podrían suponer una traba en la culminación de la liberalización del sector, que se materializó el 1 de julio.
Dichas prácticas consistirían en la suspensión temporal a terceros, por parte de las distribuidoras de estos grupos energéticos, del acceso telemático a los datos necesarios para gestionar el cambio de compañía suministradora, recordó hoy el organismo.
La CNC apuntó que dicha conducta se produce en un momento "crítico" para la competencia en el sector eléctrico.
Por ello, con fecha 1 de julio, ha ordenado provisionalmente el cese de las prácticas de suspensión de la gestión de solicitudes de cambio de suministrador y el restablecimiento del servicio en el supuesto de que aún no se haya producido de forma efectiva.
Adicionalmente, la CNC exige a las cinco compañías que, durante el tiempo que dura la tramitación del expediente, se abstengan de obstaculizar de forma alguna la actividad de gestión telemática en los mercados de comercialización de electricidad y, especialmente, en aquellos relacionados con el cambio de suministrador.
Según la CNC, se mantiene el plazo de 18 meses, a contar desde el 24 de junio, para la instrucción y resolución del expediente, muy similar al que resolvió hace dos meses con una multa para las eléctricas de más de 36,6 millones de euros.
Recientemente, el presidente de la patronal eléctrica Unesa, Pedro Rivero, auguró que el expediente "se quedará en nada" porque la interrupción está "justificada".
Explicó que las compañías decidieron interrumpir durante "dos o tres" días el acceso a sus bases de datos ante la complejidad de los cambios en los sistemas informáticos que se han visto obligadas a acometer y para poder ofrecer fiables con el fin de evitar errores que puedan dar lugar a posibles fraudes.
Desde el 1 de julio, los clientes con potencias contratadas iguales o inferiores a los 10 kilovatios pueden elegir entre acudir al mercado o acogerse a tarifa, en tanto que los que superan ese límite deben contratar su suministro de forma obligatoria con una comercializadora que opere en el mercado libre.
El Gobierno sólo ha autorizado cinco comercializadoras a tarifa que, precisamente, pertenecen a los cinco grandes grupos eléctricos contra los que se abrió el expediente, en tanto que en el mercado libre operan unas 25 compañías.
Para facilitar el cambio de suministrador y fomentar la competencia, las distribuidoras de estos grandes grupos están obligadas a permitir a las comercializadoras acceder a los datos de sus clientes, siempre y cuando éstos no indiquen lo contrario.
Ahora, el suministro eléctrico pasará a depender en exclusiva de las comercializadoras, en tanto que las distribuidoras se centrarán en la gestión de las redes.
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