Valencia.- La licencia de actividad de la subestación eléctrica ubicada en el barrio de Patraix, entre varias manzanas de viviendas, fue concedida por el Ayuntamiento de Valencia de forma arbitraria y contraria a la ley.
En la imagen de archivo, la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá.
Así lo recoge la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Valencia hecha pública hoy que declara nula y sin efecto la licencia de actividad inocua para la subestación de transformación, y que declara asimismo peligroso el funcionamiento de la central.
Según la resolución, que estima parcialmente el recurso interpuesto por la Asociación de Vecinos Favara contra el permiso de actividad que ostentaba la subestación, la licencia no fue acompañada de un informe "motivado y técnico" que, al menos, indicara que la transformación eléctrica no era "peligrosa y molesta".
Ello resulta, para el juez, "no sólo arbitrario sino contrario a la legalidad vigente", en referencia a la actuación del Consistorio valenciano.
Concluye, además, que ninguno de los informes científicos y técnicos que obran en las actuaciones puede afirmar "categóricamente" que un centro den transformación como esa subestación, ubicada en Gaspar Aguilar, en un solar cercano a viviendas, no es una actividad peligrosa "ni los daños que en la salud humana puedan causar las ondas electromagnéticas".
Para el juez, el Ayuntamiento no cumplió con su "obligación" al no haber realizado un informe técnico para comprobar si debía ser una "actividad calificada" y establecer los posibles grados de molestia, nocividad, insalubridad o peligrosidad.
El auto, en aplicación del principio de precaución y cautela que debe regir las decisiones de las administraciones con el fin de proteger la salud de la ciudadanía, considera que la actividad de la subestación eléctrica "debió calificarse como peligrosa y por tanto no concederle la licencia de actividad inocua".
Según ha destacado hoy el letrado de la Asociación Favara, Enric Bataller, la sentencia también menciona que el Ayuntamiento no debió conceder la licencia de obras -impugnada por los vecinos y también bajo sentencia judicial nula y sin efectos- "en tanto no se concediera la licencia de funcionamiento".
El abogado ha participado hoy en una rueda de prensa con la Asociación de Vecinos Favara y la Comisión Pro-traslado Subestación Patraix para analizar la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1 de Valencia, según han informado conjuntamente en un comunicado.
Bataller ha insistido en que, tal y como apunta la sentencia, la ubicación de la central no era la adecuada por los "riesgos certeros de peligro de explosión" que pudieran afectar a la población, tal y como demuestra, a su juicio, la explosión que se produjo en la subestación el 15 de mayo de 2007.
Aunque la sentencia puede ser recurrida, los vecinos entienden que, de acuerdo con sus propios actos, el Ayuntamiento de Valencia no la recurrirá, ha agregado.
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