Madrid.- El Tribunal Supremo (TS) considera que existen indicios "suficientes" para investigar al senador y tesorero nacional del PP Luis Bárcenas y al diputado de este partido Jesús Merino por los presuntos delitos de cohecho y contra la Hacienda Pública.
Así lo expone el Alto Tribunal en un auto notificado hoy en el que acuerda asumir la investigación del "caso Gürtel" sólo en lo que se refiere a los posibles delitos cometidos por estos dos aforados, y devolver el resto de la causa al magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) Antonio Pedreira.
Además, el Supremo ha rechazado ser competente para investigar al todavía eurodiputado Gerardo Galeote, ya que dejará de ser aforado el próximo 14 de julio, cuando se constituya el nuevo Parlamento europeo.
En el auto se designa instructor de la causa al magistrado Francisco Monterde, que deberá investigar la naturaleza de los cohechos y, en cuanto al delito fiscal, la posible prescripción del delito correspondiente a la anualidad 2002.
Respecto a Bárcenas, el Supremo señala que las anotaciones existentes en los documentos intervenidos en un registro domiciliario y las que resultan de la contabilidad intervenida "son indiciariamente expresivas" de la recepción de cantidades económicas y también del abono de un viaje turístico.
Sobre las alegaciones que el senador ha hecho llegar al Tribunal Supremo en las que trata de justificar sus ingresos, el auto concluye que "aunque puedan revestir cierta razonabilidad, se contrarrestan también con la argumentación contenida en un informe de la Agencia Tributaria", por los que las considera "insuficientes".
En cuanto a Merino, el TS indica que la exposición razonada que le remitió el TSJM refiere la percepción de cantidades económicas, basándose en la documentación intervenida en un registro domiciliario y en "un soporte informático con la contabilidad oculta del grupo de empresas que se identifica como 'grupo Correa'", en referencia al presunto líder de la trama, Francisco Correa.
"Como quiera que esas cantidades entregadas presuntamente al aforado no se corresponden con actividades profesionales o de otro tipo que puedan justificar su recepción y dada su condición de diputado, los indicios sobre la comisión de un delito de cohecho resultan, en principio, suficientes" para investigarle, añade la resolución.
El Alto Tribunal también señala que por el momento no existen indicios respecto a la pertenencia de los aforados a la trama dirigida por Correa o a su intervención en el entramado de empresas que éste lideraba y su participación en el desvío de fondos típico del blanqueo de dinero.
No obstante, añade que si en la investigación el instructor del caso en el TSJM encontrase nuevos indicios de su participación en éstos u otros delitos deberá informar al Supremo.
Aunque tanto Pedreira como la Fiscalía pidieron al TS que asumiera la totalidad de la causa -salvo la parte que se instruye en el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJCV)-, en el auto se considera que los hechos que se imputan a los aforados son "ciertamente escindibles" del resto, que se investiga en el TSJM.
Además, el Supremo argumenta que si bien es el órgano predeterminado por la ley para investigar a personas aforadas, no lo es para el resto de los imputados.
Agrega, no obstante, que sí podría ampliar su investigación a las personas que supuestamente entregaron dinero a Bárcenas y a Merino, ya que la "naturaleza relacional" del delito de cohecho "hace que deba extenderse la competencia por conexión sólo respecto a las personas que hubieran realizado las entregas de dinero y por estos hechos".
El hecho de que el Supremo se haya declarado competente para investigar a Bárcenas interrumpe el plazo de prescripción del primero del delito fiscal supuestamente cometido por éste respecto de la anualidad de 2002, que estaba a punto de dejar de ser perseguible, según fuentes del TS.
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