Madrid.- El Tribunal Supremo verá el 2 de junio los recursos contra la sentencia que condenó a la juez de Motril (Granada) Adelina Entrena a un año de suspensión de sus funciones por no ordenar la libertad de un preso preventivo que pasó más de un año en la cárcel por un delito del que había sido absuelto.
El Tribunal Supremo verá el 2 de junio los recursos contra la sentencia que condenó a la juez de Motril (Granada) Adelina Entrena (en una imagen de archivo) a un año de suspensión de sus funciones por no ordenar la libertad de un preso preventivo que pasó más de un año en la cárcel por un delito del que había sido absuelto.
La sala de lo penal del TS deliberará en vista pública sobre los argumentos de los recursos de Entrena, el abogado del Estado y el propio preso, José Campoy, contra esta sentencia dictada el año pasado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
El Tribunal que verá los recursos está integrado por los magistrados Carlos Granados, quien será el ponente de la sentencia, Andrés Martínez Arrieta, Miguel Colmenero, Manuel Marchena y Joaquín Delgado.
El TSJA condenó, además, a la que fuera titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Motril a indemnizar a Campoy con 103.000 euros.
La juez fue además condenada al pago de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular, y decretó la responsabilidad, con carácter subsidiario, del Estado por los perjuicios causados a Campoy.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJA concluyó que, aunque la prolongación del encierro del reo no fuera "deseada" o "premeditada" por Entrena, la actuación de ésta sí fue imprudente, puesto que su "obligación" era la de velar porque la estancia en la cárcel no continuara más allá del tiempo legalmente establecido.
Según el TSJA, la juez disponía de los "conocimientos suficientes" y tenía a su alcance los "medios necesarios" para haber prevenido la ignorancia que alegó durante el juicio, en el que aseguró que desconocía que Campoy fuera preso preventivo por la causa por la que le absolvió.
Entrena ha recurrido la sentencia al considerar que está "completamente descompensada" y la principal tesis de su defensa es que la imprudencia que, según la sentencia, cometió la juez deja de ser grave cuando existe una concurrencia de culpas de otras personas, en este caso quienes intervinieron en el caso.
La que fuera juez de Motril fue separada de la carrera judicial por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y ha reclamado al TS que sea anulado este acuerdo del órgano de gobierno de los jueces, asunto que, según fuentes del Alto Tribunal, está en trámite por otra vía, la contencioso-administrativa.
Por su parte, Campoy ha recurrido la sentencia para que se eleve a 350.000 euros la indemnización por los perjuicios sufridos al estimar que la fijada por el TSJA es insuficiente.
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