Madrid.- La Audiencia Nacional se ha visto obligada a absolver a 10 de los 14 procesados en la llamada "operación Tigris" en la que en 2005 fue desarticulada una red dedicada al envío de muyahidines a Irak, entre ellos algunos autores del 11-M, por irregularidades en la intervención de correos electrónicos.
En la sentencia notificada hoy, la sección segunda de la Sala de lo Penal de este tribunal condena a Kamal Ahbar y a Samir Tahtah a 9 años de prisión por integración en organización terrorista, a Mohamed El Idrissi a 5 años de cárcel por colaboración y a Hamed Hamu a dos años por falsificación.
De los catorce procesados, doce se encontraban en prisión, de los que nueve fueron puestos en libertad el pasado 24 de marzo por el tribunal ante el estado de las deliberaciones de la sentencia tras haberles juzgado entre el 23 de febrero y el 13 de marzo.
La sentencia considera probado que los miembros de esta célula, liderada por Ahbar y Tahtah, participaron en el envío de "muyahidines" a Irak, entre ellos alguno de los presuntos autores del 11-M, que tras huir de España lograron perpetrar atentados suicidas en dicho país árabe.
En concreto asegura que la red propició la salida de España de Mohamed Alfalah, Mohamed Belhadj, Daoud Ouhanne, Said berraj, Otman el Mouhib y Abdellilah Hriz, éste último condenado en Marruecos a 20 años por su implicación en el 11-M.
Sin embargo se ha visto obligada a absolver a la mayor parte de los procesados por "injerencia en el derecho al secreto de las comunicaciones", ya que no consta que el Juzgado de Instrucción "haya emitido ningún acto motivado en el que se haya hecho una mínima ponderación de los derechos fundamentales en juego".
La instrucción de esta causa correspondió al Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, del que es titular Baltasar Garzón, aunque cuando se puso en marcha la "operación Tigris" éste se encontraba en Estados Unidos con un permiso por estudios, por lo que entonces estaba al frente el juez Fernando Grande-Marlaska.
Según explica el tribunal -compuesto por los magistrados Enrique López (ex portavoz del CGPJ), Fernando García Nicolás y José Ricardo de Prada- "existe una cadena de confusas resoluciones que posiblemente sean el origen del problema, pero lo cierto es que el juez no ha dictado ningún auto que diera cobertura a dichas observaciones tal y como exige el artículo 18.3 de la Constitución".
La Sala duda incluso de la veracidad del informe policial porque sostiene que "cabe incluso razonablemente desconfiar sobre si el volcado que consta en el informe se corresponde verdaderamente con el CD Rom recibido en el Juzgado".
También reprocha a la fiscal Dolores Delgado, que pedía penas de entre 4 y 14 años, no haber "aportado pruebas relevantes" sino "meras afirmaciones" apoyadas únicamente en la información policial.
Esas informaciones, añade la sentencia, constituyen "un mero indicio referencial de carácter y valor probatorio no descartable, pero si muy relativo y en todo caso sometido a las reglas de la lógica y de la sana lógica".
Además, el magistrado de Prada, en el voto particular concurrente que ha emitido, señala que la Fiscalía ha simplificado "enormemente los problemas tanto de prueba como sustantivos que se presentan en el caso" y cree que no se puede pretender "castigar a un grupo de personas por facilitar que combatan en un país extranjero sino se prueban suficientemente ciertos extremos".
Sobre los condenados, la Sala relata que se encuentran situados en "el epicentro de un grupo más o menos estable" que profesa "planteamientos extraordinariamente radicales" del Islám.
Añade que "no limitaban su conducta a realizar o mantener actos o conversaciones sino que tenían una posición activa, tratando de convencer a otras personas de unirse a la insurgencia a luchar hasta la muerte introduciéndolos en los canales internacionales que les permitiera llegar hasta la zona en conflicto para unirse a la insurgencia iraquí".
Todos esos muyahidines pasaron por la vivienda del número 20 de la calle de San Francisco, en Santa Coloma de Gramanet (Barcelona), que era llamada la "Fortaleza de los Guerreros" Al Kalaa, que la red utilizaba como piso franco.
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