Madrid.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado dos recursos de los sindicatos relativos al seguimiento del Acuerdo para la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo y a los criterios para evaluar las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado dos recursos de los sindicatos relativos al seguimiento del Acuerdo para la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo y a los criterios para evaluar las enseñanzas de idiomas de régimen especial. EFE/Archivo
Según han informado hoy fuentes de la Comunidad, con estas son ya cinco las demandas de los sindicatos contra la Consejería de Educación que rechaza el TSJM en los últimos seis meses.
El primero de los recursos desestimados lo interpusieron en diciembre pasado los trabajadores de la enseñanza de UGT, CCOO y CSIT-UP, y en él acusaban a la Comunidad de una supuesta vulneración de sus derechos sindicales en el seguimiento y el desarrollo del Acuerdo para la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo, firmado en 2005 entre el Gobierno regional y los sindicatos del sector.
En el recurso denunciaban que la Comunidad les impedía participar en la negociación y el seguimiento de los compromisos contemplados en el acuerdo sectorial, concretamente en los que afectan al Personal de Administración y Servicios (PAS) de los centros educativos públicos.
El Acuerdo por la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo, cuya vigencia concluyó el pasado mes de diciembre, contemplaba la constitución de varias comisiones para el seguimiento de los compromisos adquiridos, entre ellas una dedicada a la mejora de la calidad y el empleo en el sector de la enseñanza.
El auto del Tribunal, con fecha del pasado 15 de abril, considera que "los sindicatos no han visto mermada su posibilidad de actividad sindical", porque han participado en la comisión de seguimiento de estos compromisos.
Recuerda asimismo que dicha comisión estaba formada por representantes sindicales y de la administración educativa y se reunió cuatro veces para abordar los acuerdos relacionados con el personal laboral de los centros docentes, según consta en las actas.
La sentencia del TSJM señala que, de acuerdo con la Constitución, el derecho a la libertad sindical no incluye su participación "en aquellas negociaciones llevadas a cabo al margen de las previsiones contenidas en el Estatuto de los Trabajadores", como es el caso del Acuerdo por la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo.
Por todo ello, el TSJM concluye que no existen "indicios de conducta obstativa o impeditiva" por parte de la Comunidad contra los sindicatos "máxime cuando consta su expresa participación en las sesiones de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Social para la mejora de la calidad y el empleo en el sector de la enseñanza".
Respecto al otro recurso rechazado, lo interpuso CCOO y se refería a la orden de abril de 2008 de la Comunidad de Madrid, que regula los criterios de evaluación de enseñanzas de idiomas de régimen general.
CCOO consideraba que esta orden, que contempla que los profesores deben evaluar periódicamente el aprendizaje de los alumnos durante el curso escolar, debió negociarse con los representantes de los docentes, al afectar sus condiciones de trabajo.
El TSJM da la razón a Comunidad y recuerda que "las funciones evaluativas del profesor constituyen una obligación inherente a su puesto de trabajo".
Mantiene además que para que la orden afectara a las condiciones de trabajo del profesorado "sería preciso que esa labor de evaluar los conocimientos y el trabajo del alumnado constituya una carga de trabajo no asumida hasta el momento o una reforma de lo ya exigido" y añade que eso es "algo que no se produce".
De las cinco demandas sindicales interpuestas contra la Comunidad que han sido desestimadas en los últimos seis meses, cuatro fueron presentadas por CCOO y las otras tres que fueron rechazadas anteriormente se referían a la prueba de 6º de Primaria, a la orden que regula la evaluación de las enseñanzas de Educación Primaria y al complemento salarial de los profesores universitarios madrileños.
Recientemente, el TSJM desestimó también un recurso del Ayuntamiento de Getafeque sobre el aumento de la ratio (número de alumnos por aula) en las Escuelas Infantiles de la región, al concluir que no afecta la calidad del servicio ni supone una modificación sustancial de las condiciones laborales de los educadores.
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