Santander.- La Fiscalía ha retirado hoy la petición de responsabilidad civil por los vertidos no autorizados de Sniace en diciembre de 2006, pero ha requerido la intervención judicial de la empresa y ha mantenido la solicitud de cinco años de cárcel para el secretario del consejo de administración, Miguel Gómez de Liaño.
El secretario del consejo de administración de Sniace, Miguel Gómez de Liaño y Botella. EFE/Archivo
Hoy ha concluido el juicio que ha celebrado la Audiencia de Cantabria contra Gómez de Liaño, a quien el Ministerio Fiscal acusa de un delito contra el medio ambiente por los vertidos de Sniace al río Saja-Besaya.
La defensa de Gómez de Liaño ha pedido su absolución, porque, según ha señalado, solamente es asesor jurídico del consejo de administración, sin funciones ejecutivas ni capacidad de decisión en el ámbito medioambiental o técnico, en contra del criterio que sostiene el Ministerio Público.
Inicialmente la Fiscalía sí había solicitado que el acusado, y de forma subsidiaria Sniace, indemnizaran a la Confederación Hidrográfica del Norte (CHN) con el importe en que se evaluaran los gastos para la adecuación de la calidad de las aguas del río, pero hoy ha retirado esa petición, aunque con la reserva de que pueda ser ejercida posteriormente por el organismo de cuenca.
El Ministerio Fiscal ha solicitado la intervención judicial de Sniace para "salvaguardar" los intereses de los trabajadores y con la intención de que se "agilice" la conexión de la empresa con los colectores y con los sistemas de depuración.
La fiscal ha recordado que la autorización de esa conexión es competencia de la Consejería de Medio Ambiente, aunque "por circunstancias" no se ha posibilitado. "Si la intervención de la empresa sirve para remover los obstáculos para esa conexión, se pide esa intervención", ha argumentado.
El Ministerio Fiscal ha destacado que la existencia del vertido es una realidad "incontestada" y ha incidido en que, cuando se produjo, Sniace carecía de autorización administrativa para verter, ya que se le había revocado en junio de 2006.
La fiscal ha subrayado que, pese a todas las advertencias de la Confederación, Sniace continuó con el vertido, incluso después de que los tribunales rechazaran la solicitud de la empresa de que se suspendiera cautelarmente la revocación de la autorización.
"Una vez la Administración y dos el Tribunal Superior de Justicia de Asturias dijeron a Sniace que no podía seguir vertiendo porque no tenía autorización, y a pesar de ello, siguió", ha apostillado.
Ha subrayado el "daño ambiental" al río Saja-Besaya, cuyas aguas, a partir del vertido de Sniace, "ya no es apta para nada".
La Fiscalía defiende la imputación de Gómez de Liaño por estos hechos y recalca que, si Sniace no cesó el vertido tras la retirada de la autorización, fue porque Gómez de Liaño no informó adecuadamente al consejo "y no instó a sus miembros a deliberar sobre ello".
La defensa pide la absolución del acusado que, a su entender, "hizo lo que tenía que hacer" en el cargo que ejerce en el consejo, sin que tenga facultades ejecutivas ni poderes.
El abogado de Gómez de Liaño ha criticado la actuación de los agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) que tomaron las muestras del vertido y ha cuestionado su validez porque, a su juicio, no se cumplieron requisitos para su conservación.
La defensa ha llamado la atención sobre el hecho de que la CHN no se haya personado en el proceso como acusación particular y ha aludido a un informe de la Abogacía del Estado que, según ha dicho, desaconsejaría iniciar acciones penales por los hechos que se han enjuiciado.
Además, ha reiterado la "ambigüedad" de la CHN en este caso y ha considerado que la petición de intervención de la Fiscalía "no tiene sentido" casi tres años después del vertido.
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