Barcelona.- El abogado y catedrático de Derecho Mercantil, Rafael Jiménez de Parga, ha asegurado hoy que presentó una querella en representación de Banesto contra tres empresarios por un delito de estafa y alzamiento de bienes porque tenía la convicción "jurídica y moral" de que lo que hacía estaba bien hecho.
El letrado externo de Banesto, Rafael Jiménez de Parga (c), acompañado de sus abogados, durante la vista que se sigue en la Audiencia de Barcelona contra el ex presidente de Banesto Alfredo Saénz, y otros tres acusados, para quien el Fiscal pide penas que suman nueve años de prisión en un caso de presuntas falsas acusaciones contra cuatro empresarios.
Jiménez de Parga ha añadido que "si no hubiera tenido la convicción jurídica y moral, no hubiera hecho ninguna acción".
El conocido letrado ha realizado esta consideración al final de su declaración como imputado ante el tribunal de la sección tercera de la Audiencia de Barcelona, donde hoy se ha iniciado un juicio contra él y tres ex altos directivos de Banesto, entre ellos el ex presidente Alfredo Sáenz.
En sus calificaciones provisionales, el fiscal acusa a Sáenz y también al ex director general de Banesto José Ángel Merodio; el ex director regional de la entidad en Cataluña Miguel Ángel Calama y al propio Jiménez de Parga, asesor externo del banco, a penas que suman nueve años de prisión para cada uno por cuatro delitos continuados de denuncias falsas y por estafa procesal en grado de tentativa.
El caso se remonta a 1994, cuando Banesto denunció a los empresarios Pedro Olabarría y a los hermanos Luis y José Ignacio Romero por un delito de estafa y alzamiento de bienes, al existir una deuda de unos 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros) de las empresas que representaban, del grupo Harry Walker.
El primero en declarar hoy en el juicio ha sido Jiménez de Parga, quien ha negado en reiteradas ocasiones en sus respuestas al fiscal y a los abogados de la acusación que se pusiera en contacto "ni por carta" con el ex juez Luis Pascual Estevill, que vio el caso durante la fase de instrucción y está actualmente en prisión por prevaricación por éste y otros casos en los que intervino.
El abogado y catedrático ha explicado que se presentó una querella contra los tres empresarios para "aclarar la responsabilidad" de la elevada deuda contraída y ante "la falta de respuesta a la confianza" que Banesto depositó en ellos para hacer frente a la misma.
El banco consideraba que los empresarios debían responder con su patrimonio personal del impago de la deuda de 600 millones de pesetas, a pesar de que existían documentos en los que se negaba esta posibilidad, según han argumentado hoy las acusaciones.
Con anterioridad al inicio de las declaraciones de los imputados, el tribunal barcelonés ha decidido continuar el juicio oral contra los tres ex altos directivos de Banesto y su asesor jurídico, a pesar de ser admitido a trámite el pasado 30 de abril un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional presentado por la defensa de Jiménez de Parga, al que se han adherido el resto de las defensas de los imputados.
Las acusaciones han rechazado por su parte la suspensión del juicio y la prescripción de los delitos, al igual que el fiscal, quien ha considerado que el Tribunal Constitucional no ha remitido una providencia a la Audiencia de Barcelona para la suspensión, por lo que el juicio debía celebrarse tal y como estaba previsto.
Tras escuchar a las partes, el tribunal ha acordado mantener el juicio, que se prevé que se prolongue hasta la próxima semana.
Según indica el fiscal en sus calificaciones provisionales, los directivos bancarios tenían "pleno conocimiento de la falsedad de los hechos en que se fundaba" la querella contra los empresarios y, a pesar de ello, se reiteraron en estas "falsas imputaciones" en varios escritos durante el procedimiento de diligencias previas del Juzgado de Instrucción 10 de Barcelona.
La finalidad de la querella de Banesto, argumenta el fiscal, "era lograr por ese medio el cobro de una deuda que la entidad bancaria tenía con determinadas sociedades del denominado Grupo Harry Walker, tras haber fallado las negociaciones amistosas y conscientes los acusados de que no tenían frente a dichas personas acción civil directa para exigirles el cobro de ésta".
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