Madrid.- El Tribunal Supremo (TS) ha archivado la querella por cohecho contra Baltasar Garzón de un abogado que le acusaba de haber recibido, durante su estancia en Nueva York, 1,7 millones dólares del Banco Santander, pero ha remitido el caso al Consejo General del Poder Judicial "a los efectos pertinentes".
En un auto, la sala de lo penal concluye que los hechos no constituyen delito, pero deduce testimonio de su resolución y de la documentación recibida de la Universidad de Nueva York y la remite al CGPJ porque el juez de la Audiencia Nacional no comunicó al órgano de gobierno de los jueces el cobro de 203.000 dólares en concepto de sueldo a través de nómina.
Según el TS, esta situación puede acarrear consecuencias jurídicas que "no corresponde a este Tribunal dilucidar".
El CGPJ, que ya archivó en abril del año pasado una investigación a Garzón por estos hechos, recibió hace casi cuatro meses un nuevo escrito del mismo abogado, Antonio Panea, en el que informaba al Consejo de que se había querellado contra el juez.
El Poder Judicial, que abrió entonces una nueva investigación, estudiará mañana otra vez el asunto y previsiblemente volverá a archivarlo, ya que el servicio de Inspección ha concluido que el juez no incurrió en ninguna infracción disciplinaria.
Ahora, la resolución del TS, que cita el artículo 417.11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que sanciona como falta muy grave "faltar a la verdad en la solicitud de obtención de permisos, autorizaciones, declaraciones de compatibilidad, dietas y ayudas económicas", puede dar lugar a la apertura de una tercera investigación sobre los mismos hechos.
Según el Alto Tribunal, no consta que el Consejo tuviese en ningún momento conocimiento de que la actividad de docencia e investigación en Nueva York fuese a ser retribuida en concepto de sueldo mediante nómina.
Panea interpuso la citada querella contra Garzón en junio pasado al estimar que pudo cometer delitos de cohecho y prevaricación al recibir 1,7 millones de dólares del Santander y después archivar con "inusitada celeridad" una querella interpuesta contra éste.
El TS explica que el juez les remitió un escrito en el que aseguraba que el Banco Santander había destinado fondos para actividades del Centro Rey Juan Carlos I de España de la Universidad de Nueva York, pero que esos fondos en ningún caso fueron destinados a pagos al juez, sino a sufragar gastos de las actividades en que intervenía.
El CGPJ, recuerda el auto, decidió en 2005 otorgar al juez una licencia de estudios en dicho centro universitario de Estados Unidos del 1 de marzo al 1 de diciembre de ese año, licencia que fue prorrogada hasta el 30 de junio de 2006 y que da derecho al pleno devengo de la totalidad de las retribuciones como juez.
Garzón fue invitado por el Centro Rey Juan Carlos I de España, que asumió el pago de gastos de viaje por 21.152 dólares y la escolarización de su hija por 21.650 dólares, y por el Centro de Derecho y Seguridad de la Facultad de Derecho, que satisfizo al magistrado 160.333 dólares en concepto de sueldo.
Según el TS, tampoco consta que por el Consejo se adoptase alguna resolución, separada de la de licencia, autorizando la compatibilidad para la actividad de docencia retribuida y, menos aún, que tomase conocimiento de los importes de dicha retribución.
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