BOGOTÁ (COLOMBIA).- La Corte Constitucional de Colombia reconoció hoy derechos civiles, políticos, sociales y económicos a las parejas homosexuales que hasta el momento solo eran para uniones heterosexuales.
El presidente del alto tribunal, magistrado Humberto Sierra Porto, explicó a periodistas que para hacer posible el reconocimiento de estos derechos, se deben modificar parte de los códigos Penal, Civil e incluso algunos apartes del régimen militar.
Entre las nuevas disposiciones, está la referente al régimen de pensiones de las fuerzas militares de Colombia, pues ahora las parejas homosexuales se cobijarán de la llamada pensión de sobreviviente. Así las cosas, si un militar activo tiene una pareja del mismo sexo y muere, la pensión puede pasar a su compañero permanente.
Igualmente, los bienes de las parejas homosexuales que sean considerados patrimonio familiar, como la vivienda, no podrán ser embargados.
Por otro lado, los extranjeros que mantengan una relación sentimental con un colombiano de su mismo sexo durante un periodo no inferior a dos años seguidos podrán optar a la nacionalización, tal y como ocurre con las parejas heterosexuales.
Las parejas homosexuales no podrán ser obligadas a declarar en procesos contra su compañero o compañera, sin importar si se presentan ante la Justicia como testigos o sindicados.
Igualmente, la Corte Constitucional, expresó que las parejas del mismo sexo también se pueden beneficiar de la Ley de Justicia y Paz y pueden reclamar derechos de indemnización y de reparación, siempre que hayan sido víctimas de genocidio, desaparición forzada o tortura.
Los delitos de violencia intrafamiliar también fueron incluidos para las parejas homosexuales, aunque la Corte se declaró inhibida para incluir o no a las parejas del mismo sexo dentro del concepto de familia.
En cuanto a los funcionarios públicos cuando hagan su juramento de posesión deberán también juramentar a su pareja homosexual, en caso de tenerla.
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