Almería.- La Audiencia Nacional ha confirmado definitivamente la orden del Ministerio de Medio Ambiente que en noviembre de 2005 fijó en cien metros la franja de servidumbre de protección marítimo-terrestre para El Algarrobico, donde Azata construyó el polémico hotel de veinte plantas y 411 habitaciones.
Vista general del hotel El Algarrobico, sito en Carboneras, en el cabo de Gata.
La sala de lo Contencioso Administrativo ha desestimado el recurso interpuesto por Azata del Sol, sociedad participada perteneciente a Azata, propietaria del complejo, frente a la orden, considerada "conforme a derecho" por el ponente Carlos Lesmes, quien considera "irreprochable" la actuación de la Dirección General de Costas en este caso.
Con este rechazo a las aspiraciones de la propietaria del hotel, se cierra definitivamente el litigo abierto en torno a la orden ministerial que aprobó el deslinde de bienes de domino público marítimo terrestre para 5.791 metros de litoral, entre ellos El Algarrobico, frente a la que recurrieron el Ayuntamiento de Carboneras, un particular, Azata y la promotora Azata del Sol.
En todos estos casos, resueltos a lo largo de 2008, la Audiencia Nacional avaló la ampliación de la franja de protección para el paraje, algo que también hizo el Tribunal Supremo que, en abril, respaldó el deslinde de cien metros al considerar que en este caso debía prevalecer el interés general.
Así, ya definitivamente, la nueva sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, establece que el Plan Parcial del sector sobre el que en 2003 se empezó a construir el hotel debió ser revisado para su adaptación a la Ley de Costas, puesto que se aprobó con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley.
De este modo, la anchura de la servidumbre de protección debió ya entonces fijarse en los cien metros, algo que, además, no hubiera supuesto una disminución del aprovechamiento urbanístico atribuido a ese suelo, consideración que impide que Azata sea beneficiaria de indemnización alguna.
Esta decisión declara conforme a derecho la orden ministerial impugnada, en un año en el que se han producido hasta ocho resoluciones judiciales adversas a los intereses de la promotora del inmueble, cuyos 65.000 metros cúbicos de hormigón se alzan sobre terrenos del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.
Además de los recursos resueltos sobre la servidumbre de protección de la zona, en 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía paralizó cautelarmente la aplicación del nuevo Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de este espacio para el paraje del Algarrobico al entender que su nueva calificación como zona C3 podría suponer la reactivación del hotel.
Previamente, el alto tribunal andaluz desestimó los recursos interpuestos contra la paralización cautelar de las obras del edificio, que se produjo en febrero de 2006 mediante un auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso 2 de Almería, el mismo que en septiembre de este año anuló la licencia municipal de obras del edificio al incurrir ésta en una infracción urbanística muy grave, pues la construcción afectó a suelos urbanizables de especial protección.
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