MADRID.- Para el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que las enfermeras de planta y consulta de una clínica tengan que llevar falda, cofia, delantal y medias, a diferencia de sus compañeros masculinos, no es una cuestión de discriminación por motivo de sexo, ni atenta contra la dignidad de las empleadas. No lo cree así el sindicato CCOO, que denunció el caso ante los tribunales y que anuncia su recurso ante el Supremo.
¿Falda y cofia u opción del pantalón?
Desde hace años, las siete clínicas privadas que la empresa José Manuel Pascual Pascual S.A. tiene en Andalucía —cuatro de ellas en Cádiz— tienen dos uniformes distintos para su personal. Las enfermeras y auxiliares que trabajan cara al público deben vestir con cofia, delantal, falda y medias. Los hombres —y las enfermeras que trabajan en otros departamentos, según el sindicato— pueden llevar el tradicional 'pijama'.
El comité de empresa de una de las clínicas, la de San Rafael de Cádiz —concertada con el Servicio Andaluz de Salud—, lleva años intentando cambiar esta "discriminación sexual", según comenta a soitu.es el secretario general de Sanidad de CCOO-Cádiz. José Antonio Aparicio denuncia que este uniforme no sólo es sexista, sino que supone "un riesgo para la seguridad laboral de las empleadas", pues, a su entender, "no protege ante el vertido de productos químicos, ni es ergonómico para movilizar a pacientes entubados o inmovilizados".
En la sentencia (pdf, 352 kb) el tribunal argumenta que, a pesar de que "el uso social haya admitido en la actualidad la utilización indistinta por parte de la mujer de la falda o del pantalón", esto no impide que "pueda imponerse un determinado uniforme o unas normas mínimas de vestuario". El sindicato anuncia que recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia. "Hay jurisprudencia en otras comunidades y en el Tribunal Constitucional en la que se reconoce el derecho de los trabajadores a no ser discriminados en su vestuario", asegura Aparicio, que califica de "sorprendente" esta sentencia.
El caso del uso de uniformes distintos para mujeres y hombres en un mismo puesto laboral llegó incluso al Tribunal Constitucional, aunque éste no se pronunció sobre el fondo de la cuestión, porque la entonces empresa denunciada —Renfe— decidió llegar a un acuerdo extrajudicial y sus empleadas del AVE llevar pantalón como parte de su uniforme.
En los últimos años, la opción de renunciar a la falda se va imponiendo en las empresas que prestan sus servicios cara al público. Así, a principios de 2006 la compañía aérea Iberia presentó sus nuevos uniformes, diseñados por Adolfo Domínguez, que introducían la prenda para las azafatas de vuelo. Un año después, El Corte Inglés introducía por primera vez en su historia el pantalón como prenda del uniforme femenino. En este caso, el 97% de las mujeres cambió la falda.
En tu opinión, ¿es discriminatorio la obligación de llevar uniforme con falda?
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esas enfermeras por desgracia son más una atracción que unas profesionales, y ahí es donde radica el problema +
Ojalá no existiera el tabú social que impide que los hombres vistan con falda y todos pudiéramos disfrutar de la prenda más cómoda y sencilla +
Soitu.es se despide 22 meses después de iniciar su andadura en la Red. Con tristeza pero con mucha gratitud a todos vosotros.
Fuimos a EEUU a probar su tren. Aquí están las conclusiones. Mal, mal...
Algunos países ven esta práctica más cerca del soborno.
A la 'excelencia general' entre los medios grandes en lengua no inglesa.
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