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tribunales, hacienda

El empresario Ávila Rojas recurre ante el Tribunal Supremo su condena por fraude a Hacienda

EFE
Actualizado 06-09-2008 12:12 CET

Granada.-  El constructor José Ávila Rojas ha iniciado esta semana los tramites judiciales para recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada que le condenó a ocho años de cárcel por defraudar a Hacienda en la compraventa de dos fincas de Marbella (Málaga).

(EFE)

El constructor granadino José Ávila Rojas, a su llegada a la Audiencia Provincial de Granada para asistir al juicio que se siguió contra él en el que se enfrentaba a una petición de ocho años de cárcel por dos delitos continuados contra la Hacienda Pública.

En concreto, según han informado a Efe fuentes de la defensa del empresario, ya se ha presentado la preparación del recurso de casación que, una vez admitido a trámite, será fundamentado jurídicamente e interpuesto formalmente.

El pasado 31 de julio, tras conocer el contenido de la resolución judicial, Ávila Rojas expresó a Efe, como ya hiciera al inicio del juicio por este caso, la "convicción" que tenía en su "absoluta inocencia".

El constructor fue condenado por la Audiencia a un total de ocho años de cárcel y al pago de un multa global que ronda los 10 millones de euros como autor de cuatro delitos consumados de defraudación a la Hacienda Pública, si bien el máximo de cumplimiento efectivo de estas penas sería de seis años.

La Sección Primera señalaba que, aunque la tesis de la defensa giró en torno a negar la cualidad de empresario de Ávila Rojas respecto de las dos compraventas efectuadas en 2001 y 2002 -que estaban sujetas a IVA e IRPF- "no existía duda alguna" de que se cometió delito al haber eludido el pago de estos impuestos.

La sentencia recurrida declaró expresamente probado que, el 22 mayo de 2001, Ávila Rojas y la sociedad mercantil CCF 21 Negocios Inmobiliarios adquirieron por 3 millones de euros la finca "Huerta de las Monjas" de Marbella, y que ese mismo día la vendieron por 11,47 millones, operaciones sujetas al impuesto del IVA.

La sociedad compradora entregó a cada vendedor la parte proporcional de dicho impuesto que debían ingresar al Erario Público, correspondiendo al acusado la cantidad de 918.346 euros, que tenía que haber reflejado en sus autoliquidaciones de 2001.

No obstante, al no hacerlo obtuvo una defraudación en la cuota del impuesto por 583.570 euros y, de igual modo, con la reventa de la finca logró una ganancia empresarial de 4,23 millones.

Posteriormente, el 29 de julio de 2002, de nuevo el procesado y la mercantil CCF 21 vendieron a la sociedad Arenal 2000 SL por 7,67 millones de euros otra finca de Marbella, la denominada "Coto de los Dolores", que habían adquirido antes por 1,8 millones, declarándose la operación "expresamente sujeta" al IVA.

El 9 de octubre de 2002, se acuerda por escritura elevar el precio inicial en 2,54 millones, de modo que el precio de venta definitivo fue de 10,21 millones de euros y no sujeto al IVA, "con lo que eludió el pago del impuesto en este periodo", obteniendo con ello también un beneficio, precisa la sentencia.

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