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tribunales, hacienda

Condenan a José Ávila Rojas a ocho años de cárcel por defraudar a Hacienda

EFE
Actualizado 31-07-2008 17:05 CET

Granada.-  El constructor granadino José Ávila Rojas ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Granada a un total de ocho años de cárcel y al pago de un multa global que ronda los 10 millones de euros por defraudar a la Hacienda Pública en operaciones de compraventa de dos fincas de localidad malagueña de Marbella.

(EFE)

Fotografía de archivo del constructor granadino José Ávila Rojas, que hoy ha reiterado su inocencia y ha avisado a los medios de que piensa recurrir la sentencia de la Audiencia Provincial, que le condena a ocho años de prisión y una multa de aproximadamente 10 millones de euros por fraude a la Hacienda Pública.

La sentencia, a la que hoy ha tenido acceso Efe, impone al empresario dos años de cárcel por cada uno de los cuatro delitos de consumados de defraudación a la Hacienda Pública por los que ha sido condenado, si bien el máximo de cumplimiento efectivo de estas penas será de seis años (el triple de la mayor).

Además, deberá indemnizar al Erario en 5 millones de euros en concepto de responsabilidad civil y perderá la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y el derecho de gozar de beneficios o incentivos de la Seguridad Social durante cuatro años.

La Sección Primera señala que, aunque la tesis de la defensa giró en torno a negar la cualidad de empresario de Ávila Rojas respecto de las dos compraventas efectuadas en 2001 y 2002 -que estaban sujetas a IVA e IRPF- "no existe duda alguna" de que se cometió delito al haber eludido el pago de estos impuestos.

El Tribunal indica en este sentido que, pese a "todo el esfuerzo defensivo en negar el carácter de empresario del acusado en esas operaciones" para negar su sometimiento al IVA, no tiene duda de que actuó como profesional dedicado a la promoción inmobiliaria, que ejerce su actividad "de manera pública y notoria".

Considera que Ávila Rojas ha pretendido "justificar" en sus declaraciones que no estaba sujeto a dicho impuesto al ser una persona física, que no leyó lo que firmó, que no se enteró de que le pagaron el IVA, ni que sabia lo "que había ganado o perdido".

Pese a ello, la Audiencia insiste en que se trata de un empresario "con un volumen de negocio importante", que no puede ignorar, por tanto, el aspecto fiscal de su gestión -máxime cuando emitía facturas con IVA repercutido-, y que además cuenta con asesores fiscales.

La sentencia declara expresamente probado que, el 22 mayo de 2001, Ávila Rojas y la sociedad mercantil CCF 21 Negocios Inmobiliarios adquirieron por 3 millones de euros la finca "Huerta de las Monjas" de Marbella, y que ese mismo día la vendieron por 11,47 millones, operaciones sujetas al impuesto del IVA.

La sociedad compradora entregó a cada vendedor la parte proporcional de dicho impuesto que debían ingresar al Erario Público, correspondiendo al acusado la cantidad de 918.346 euros, que tenía que haber reflejado en sus autoliquidaciones de 2001.

No obstante, al no hacerlo obtuvo una defraudación en la cuota del impuesto por 583.570 euros y, de igual modo, con la reventa de la finca logró una ganancia empresarial de 4,23 millones que tampoco en la Renta.

Posteriormente, el 29 de julio de 2002, de nuevo el procesado y la mercantil CCF 21 vendieron a la sociedad Arenal 2000 SL por 7,67 millones de euros otra finca de Marbella, la denominada "Coto de los Dolores", que habían adquirido antes por 1,8 millones, declarándose la operación "expresamente sujeta" al IVA.

El 9 de octubre de 2002, se acuerda por escritura elevar el precio inicial en 2,54 millones, de modo que el precio de venta definitivo fue de 10,21 millones de euros y no sujeto al IVA, "con lo que eludió el pago del impuesto en este periodo", obteniendo con ello también un beneficio, precisa la sentencia.

Respecto al impuesto de la Renta del ejercicio 2002 se produjo un beneficio empresarial de 4,2 millones, que debió ser integrado en la base de la declaración de su IRPF.

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