MADRID.- El Tribunal Supremo admitió hoy a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por Abogacía General del Estado y el Partido Popular contra la Ley vasca de consulta popular, lo que deja en suspenso los planes anunciados por el lehendakari, Juan José Ibarretxe, para convocar esta cuestión el próximo 15 de septiembre con el objetivo de celebrarla el 25 de octubre.
El Tribunal Supremo admitió hoy a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por Abogacía General del Estado y el Partido Popular contra la Ley vasca de consulta popular, lo que deja en suspenso los planes anunciados por el lehendakari, Juan José Ibarretxe, para convocar esta cuestión el próximo 15 de septiembre con el objetivo de celebrarla el 25 de octubre.
La suspensión -que se ha aceptado únicamente respecto de la petición de la Abogacía, aunque también la pidió el PP- se mantendrá durante un máximo de cinco meses a contar a partir de la fecha de publicación de la norma en el Boletín Oficial del País Vasco, es decir, no concluirá hasta el próximo 15 de diciembre.
Además, el Tribunal Constitucional ha aceptado la petición de ambas partes de habilitar el mes de agosto como hábil para poder resolver sobre este asunto, por lo que el alto tribunal podrá celebrar reuniones entre los lunes y viernes del mes que viene, según detallan las dos providencias dictadas hoy.
PERSONACIONES
En ambos documentos se da traslado de la admisión a trámite de ambas querellas tanto al Congreso como al Senado, además de al Gobierno y a la Cámara parlamentaria y el Ejecutivo vasco para que, en el plazo de quince días, "puedan personarse en este procedimiento y realizar las alegaciones que estimaren convenientes".
Igualmente, el Constitucional pide a las partes que se pronuncien sobre la eventual acumulación de ambos recursos en un mismo procedimiento, lo que previsiblemente se se producirá en los próximos días.
En su recurso, el representante de los Servicios Jurídicos del Estado concretó que la Ley vasca de consulta popular vulnera un total de cuatro preceptos constitucionales (artículos 1.2, 2, 92.1 y 149.1 de la Carta Magna) en cuanto que pretende marginar el ejercicio de la competencia exclusiva del Estado para la autorización de consultas populares.
A este respecto, la pregunta que se contiene en la Ley vasca y que se expresa en la forma siguiente: "¿Está Vd. de acuerdo en que los partidos vascos, sin exclusiones, inicien un proceso de negociación para alcanzar un Acuerdo democrático sobre el ejercicio del derecho a decidir del Pueblo vasco, y que dicho Acuerdo sea sometido a referéndum antes de que finalice el año 2010?", viola según esta parte los artículos 1.2 y 2 de la Constitución española, al ser contraria a la atribución de la soberanía nacional al pueblo español, así como al principio de unidad de la Nación española.
Por su parte, el PP alegó que se ha producido una "violación del sistema constitucional de competencias" e invocó la defensa de la soberanía nacional. Además, arguyó la "inconstitucionalidad material" de las dos preguntas que se plantean para la consulta por entender que eluden "la voluntad del pueblo español en su conjunto y "supeditan el inicio del proceso a una decisión previa" de ETA.
El primer partido de la oposición solicitaba también al alto tribunal la tramitación prioritaria y urgente del recurso ante "la gravedad e inminencia de la consulta" y, en concreto, le reclama que el fallo se produzca antes del 14 de septiembre de este año dado que a partir de esa fecha los electores pueden empezar a solicitar el voto por correo. Por eso, reclama que se habilite el mes de agosto.
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