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Prefiero el apellido de la abuela

  • La ley sólo permite modificar una vez los apellidos
  • Desde 2007, los transexuales pueden cambiarse de nombre sin operarse
Archivado en:
sociedad, ley, familia
Por MARGARITA LÁZARO (SOITU.ES)
Actualizado 15-06-2008 13:16 CET

Entre apellidarse García, como más del 3,5% de los españoles, o ser Palafox, hay una diferencia bastante grande. Pero mucho peor es que tus apellidos hagan juegos como 'Botín Descalzo' o la famosa composición 'Dolores Fuertes de Barriga'. La familia viene impuesta y no se puede cambiar, pero con los apellidos, e incluso con los nombres, no ocurre siempre lo mismo. ¿Cuándo podemos variarlos?

(Istockphoto)

Los Registros Civiles reciben cada vez más solicitudes de cambios.

En la mayoría de los casos, la ley está de nuestra parte. La Ley del Registro Civil original, la del 8 de junio de 1957, nos permite hacer algunos cambios de 'identidad'; pero la mayoría de ellos se los debemos a sus posteriores modificaciones. Podemos inscribirnos con otro nombre o variar nuestros apellidos, lo único que tenemos que hacer es fundamentar el cambio y pensárnoslo muy bien porque como dice el refrán "una y no más..."

Cambiar de apellido

Algunos porque es demasiado común, otros porque es malsonante y los que más, porque no se pierda con su generación el apellido de su madre. En los últimos años cambiarse de apellido ha empezado a ponerse de moda, sobre todo porque cada vez la ley admite más supuestos. Todos ellos bajo la exigencia de que los nuevos apellidos pertenezcan legítimamente a la familia del solicitante. Además, desde 1999, se puede inscribir a los hijos directamente con el apellido de la madre antepuesto al del padre, pero teniendo en cuenta que el orden establecido para el primer hijo marcará el de los sucesivos.

Podemos hacerlo con los de nuestros hijos y también con los de uno mismo. Pero además en nuestro caso se puede ir más allá. Según cuenta Dagania Fraile, de Fraile y Asociados, "se puede jugar con los cuatro primeros apellidos siempre y cuando en los dos primeros haya uno del padre y uno de la madre". Así, "si con el orden habitual eres García López Fernández Cortés, puedes ponerte Cortés García". Para ello, es imprescindible que acredites que utilizas habitualmente el apellido que quieres poner de primero, de forma habitual.

Pero además de ir al Registro Civil para alterar el orden de los apellidos, hay otras posibilidades. Por ejemplo, para los que tienen apellidos ofensivos o los que sólo con decirlo, el interlocutor ya sabe intimidades del pasado de su familia. Sin ir más lejos, los Expósito son hijos de madres solteras, igual que los Bastardo o los Temprano. Pero esos nombres se remontan a tiempos pasados y hace más gracia cuando oyes nombres del tipo 'Mar Barco del Río', 'Rosa Flores del Campo' o 'Pedro Ponte Alegre'. Unos y otros tienen la suerte de poder cambiar su 'identidad' introduciendo otro apellido de la familia o incluso otro de uso corriente.

Además, la ley permite traducir tu apellido a la lengua de tu comunidad, ya sea gallego, catalán o vasco, aunque para ello deberás acreditar mediante un certificado de la Real Academia de la Lengua pertinente que la traducción hecha es la correcta. También se puede introducir la partícula 'De' antes de un apellido que sea un nombre propio como el caso de 'Juan De Lucas' o regular ortográficamente el apellido cuando se han originado cambios en el registro original. Eso sí, es conveniente saber, que si cambias tu apellido y tienes hijos menores edad, a ellos también se los cambias. Y si son mayores, tienen un plazo de dos meses para tomar una decisión.

De José a Pepe

Si de alguna forma te puedes despojar de los apellidos de tus padres, también la ley permite cambiarte de nombre porque hay cada uno... Llamarte Sinclético o Escolástica puede ser motivo de burla para más de uno. Sólo es necesario una causa justa que acredite tu petición y documentos suficientes que verifiquen que habitualmente no usas el nombre con el que estás inscrito.

La ley permite traducir un nombre extranjero al castellano y de la misma manera que pasa con los apellidos, traducir el nombre a la lengua de tu Comunidad Autónoma. Pero igual que puedes pasar de John a Juan, o de Juan a Xoan, puedes pasar de José a Pepe. Sólo necesitas dos testigos y los documentos que acrediten que usas habitualmente ese nombre. Así, en no demasiado tiempo —todo depende del trabajo que tenga el registro en el que estás inscrito— podrás dejar de decir constantemente eso de "no me llames Dolores, llámame Lola", porque directamente en tu DNI ya aparecerás con el segundo nombre. Por eso, Dagania Fraile recomienda que si quieres hacer una modificación, te inscribas "en el mayor número de sitios posibles con el nuevo nombre que quieres adoptar para después certificar que ya lo usas".

Desde el banco al gimnasio, cualquier documento es válido. Ésa es la filosofía que también deben seguir los transexuales que no quieran operarse o no lo hayan hecho todavía. La ley de Identidad de Género, aprobada el 2 de junio de 2006 y que entró en vigor el verano pasado, permite a las personas transexuales inscribirse con el nombre con el que realmente se identifican aunque no se hayan sometido a una operación quirúrgica o de cambio de sexo. Lo único que necesitan es presentar el informe de un médico o un psicólogo colegiado, así como otro informe que justifique que la persona ha sido tratada médicamente durante, al menos, dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes respecto al sexo reclamado. Con estos requisitos no tendrán que pasar el apuro de mostrar un DNI con una 'identidad' que nada tiene que ver con la imagen que dan.

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