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regimen matrimonial

El Constitucional admite el recurso del Gobierno contra la ley de Régimen Económico Matrimonial

EFE
Actualizado 17-04-2008 17:18 CET

Valencia.-  El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra la ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, que tenía que entrar en vigor el próximo 25 de abril, y ha suspendido su vigencia y aplicación.

(EFE)

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central contra la ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, que tenía que entrar en vigor el próximo 25 de abril, y ha suspendido su vigencia y aplicación.

Según la providencia del Tribunal Constitucional hecha pública hoy, se va a trasladar a las Cortes Generales, al Gobierno y a Les Corts Valencianes la demanda y documentos presentados, para que en el plazo de quince días puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.

El Constitucional da por invocado por el presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, que establece que la impugnación por parte del Ejecutivo de disposiciones adoptadas por órganos de las Comunidades autónomas "producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida".

El Consejo de Ministros acordó el pasado 21 de diciembre promover un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano, aprobada por Les Corts Valencianes en marzo de 2007 con los votos del PP y de EU-Entesa, y el voto en contra de los socialistas.

La ley, que según establece una de sus disposiciones finales iba a entrar en vigor el 25 de abril de 2008, contiene algunos artículos sobre los que el Gobierno ha manifestado sus discrepancias, como los aspectos relacionados con el régimen legal de separación de bienes, que será la aplicable a todos los matrimonios valencianos de esta autonomía, a no ser que se pida expresamente acogerse al régimen de gananciales.

El Gobierno también cuestiona algunos apartados relacionados con la carta de nupcias o capitulaciones matrimoniales, con la germanía (figura foral que implica que los cónyuges pueden pactar que determinados bienes sean gananciales), y con las reglas para la compensación del trabajo doméstico y asimilados.

En consecuencia, el Gobierno promovió recurso de inconstitucionalidad al considerar que las instituciones reguladas en materia de régimen económico matrimonial carecen de antecedentes en la legislación autonómica civil valenciana.

La Comunitat Valenciana sostiene que el nuevo Estatuto de Autonomía le reconoce la competencia para recuperar los Fueros abolidos en 1707, si bien el Gobierno considera que esa potestad debe ejercerse necesariamente "al amparo de la Constitución Española", como expresamente declara el Estatuto.

El Ejecutivo central ha recordado que el artículo 149 de la Constitución establece que el ejercicio de la competencia autonómica requiere que el derecho que vaya a ser objeto de conservación, desarrollo y modificación tenga una necesaria vigencia, sin que pueda ampliarse ilimitadamente a cualquier materia objeto de una regulación pretérita.

Precisamente, ayer en el pleno de Les Corts, el conseller de Gobernación, Serafín Castellano, anunció que iba a reiterar a la ministra de Administraciones Públicas, Elena Salgado, la petición de que el Gobierno retirara este recurso de inconstitucionalidad, el cual es "un agravio más del Gobierno socialista a la Comunitat" Valenciana.

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