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Las inmigrantes, principales víctimas del vacío legal del servicio doméstico

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sociedad, inmigración, hogar, trabajo
Por MARGARITA LÁZARO (SOITU.ES)
Actualizado 17-04-2008 15:06 CET

Carecen de cualquier tipo de regulación laboral. La ya de por sí "arcaica" legislación del servicio doméstico excluye a las trabajadoras internas. Según el último informe de SOS Racismo, éstas —la mayoría inmigrantes— están al servicio de los empleadores que pueden abusar de ellas sin que la legislación les ampare.

Visto así suena a esclavitud en pleno siglo XXI y según esta ONG, tampoco es tan desorbitado. Disponibles las 24 horas del día, seis o incluso siete días a la semana. Éste es el horario de trabajo de la mayoría de las empleadas del hogar internas en nuestro país. Un trabajo que se ha quedado relegado a las trabajadoras inmigrantes por ser ellas las únicas dispuestas a afrontar este horario y "no recibir por ello un sueldo muy elevado". Algo que SOS Racismo denuncia. La mayoría de los empleadores argumentan como excusa, "como viven en casa, no tienen que pagar el alquiler".

Pero, según denuncia SOS Racismo, esto no es lo peor. La normativa actual de trabajo doméstico excluye a estas personas de su condición legal de trabajadoras. Están exclusivamente al amparo de la familia que las ha contratado. Ellos pueden llegar a vulnerar sus derechos, ya sea mediante la violación del derecho a la intimidad, a la integridad física o psicológica o incluso a la libertad sexual.

Pero tampoco las condiciones del resto de trabajadoras del hogar, ya sea españolas o extranjeras, son mucho mejores. En España, las empleadas de hogar, la mayoría extranjeras (56,7%), no se rigen por el Estatuto de los Trabajadores, sino que están sujetas a un régimen especial mucho más restrictivo y arcaico. El régimen laboral del trabajo doméstico en España, que data de 1985, mantiene, según SOS Racismo, los vestigios de la relación de dependencia entre el empleador y la empleada. Aunque esto podría acabar pronto. En la anterior legislatura el Gobierno anunció que en 2008 se realizaría una revisión del mismo.

Las diferencias con el resto de los trabajadores

  • Carecen de un contrato laboral por escrito.
  • No tienen un máximo de horas semanales. Pueden hacer más de 40 sin que suponga un problema legal.
  • Entre una jornada laboral y otra, de cualquier empleado, deben pasar 12 horas por ley. En el caso de las empleadas externas bastaría con 10 y en el de las internas con 8.
  • No hay inspecciones de trabajo.
  • El alojamiento y manutención puede suponer la reducción de su paga en un 45%. Además no se paga mejor el trabajo nocturno y las pagas extraordinarias son medias pagas en lugar de completas.
  • No tiene por qué haber causa justificada de despido y la indemnización es mucho menor. 20 días por año trabajado en lugar de 45 como el resto de empleados.
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Comentarios destacados

Las leyes de extranjería están pensadas para un modelo típicamente masculino de migración que deja fuera a estas trabajadoras... +

por sara el 17/04/2008 a las 18:52

Lo que es patético es que a día de hoy busquemos a gente que esté las 24 horas del día en nuestra casa y que paguemos tan poco. +

por Anónimo el 17/04/2008 a las 21:38
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