Madrid.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado al Servicio Madrileño de Salud al pago de una indemnización de 130.000 euros por la muerte de una paciente que no fue diagnosticada correctamente del cáncer gástrico que padecía en el Hospital Príncipe de Asturias.
En la imagen, el consejero de Sanidad, Juan José Güemes.
Según ha informado la asociación El defensor del paciente, cuyos servicios jurídicos han llevado el caso, M.D.S. comenzó a sufrir a principios de 2003 una anemia de forma progresiva junto con la alteración de la bioquímica hepática, molestias epigástricas y datos de sangrado digestivo.
Los marcadores tumorales realizados en el Hospital Príncipe de Asturias a comienzos de ese año ofrecieron unos resultados que la defensa de la familia de la fallecida calificó de "alarmantes".
En los meses siguientes se sumó una inflamación del vientre, vómitos y un continuo agravamiento del estado de la mujer, a la que no se realizó una exploración adecuada hasta que ingresó de nuevo en el hospital el 13 de octubre.
La prueba reveló entonces la existencia de una "gran masa vegetante ulcerada sugestiva de adenocarcinoma" y una "masa gástrica compatible con carcinomatosis peritoneal", lo que significaba un "cáncer gástrico diseminado, evolucionado y sin opción quirúrgica", según El defensor del paciente.
M.D.S., tras una lenta agonía, falleció tres semanas después de su ingreso, el 7 de noviembre de 2003.
Ahora, la sentencia establece que "las pruebas diagnósticas relativas al aparato digestivo debieron empezar a realizarse desde principios de 2003, pues ya la paciente, desde diciembre de 2002, había referido sintomatología de dolor epigástrico y los marcadores tumorales eran elevados, y no en el mes de octubre de 2003, que es cuando se realizaron".
"Por ello -añade-, si se hubieran realizado en ese momento anterior, principios de 2003, esto es, diez meses antes, tales pruebas diagnósticas sobre el aparato digestivo se hubiera podido diagnosticar en ese momento anterior el cáncer gástrico que le aquejaba y se hubiera podido ofrecer a la paciente un tratamiento con mejor porcentaje de supervivencia, atendiendo a tiempo y calidad de vida".
El defensor del paciente ha informado también de otras dos sentencias, en una de las cuales la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJM condena también a la Administración Sanitaria a indemnizar con 70.000 euros a los familiares de una mujer que falleció el 5 de julio de 2003.
Como en el caso anterior, el fallo judicial indica que "no se efectuaron las exploraciones adecuadas, concretamente ECO y TAC, que con toda seguridad habrían aclarado el diagnóstico de la paciente".
En otra de las sentencias, el SERMAS es condenado al pago de 60.000 y 10.000 euros, respectivamente, a unos padres que el 17 de marzo de 2003 ingresaron en el Servicio de Urgencias de Maternidad del Hospital Severo Ochoa de Leganés para una cesárea programada.
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